ORDEN AEX/973/2003, de 9 de abril, por la que se crean las Secciones Laborales, de Seguridad Social y de Asuntos Sociales de las Misiones Diplomáticas Permanentes de España en las Repúblicas de Polonia y Rumania y del Consulado de España en Quito.

Fecha de Entrada en Vigor25 de Abril de 2003
MarginalBOE-A-2003-8437
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyOrden

ORDEN AEX/973/2003, de 9 de abril, por la que se crean las Secciones Laborales, de Seguridad Social y de Asuntos Sociales de las Misiones Diplomáticas Permanentes de España en las Repúblicas de Polonia y Rumania y del Consulado de España en Quito.

La dimensión de la población española residente en el exterior junto con el importante crecimiento de la inmigración a España en la última década están exigiendo una red de Secciones Laborales acordes con las demandas y exigencias de la política migratoria que se está acometiendo.

En efecto, por un lado, la población española en el exterior, que alcanza una cifra aproximada de 1.500.000 personas, se ha visto progresivamente inmersa en un proceso de paulatino envejecimiento y de precariedad económica, que requiere un paralelo incremento del apoyo y la ayuda que hasta ahora se le viene prestando desde la Administración española.

Por otro lado, y en cuanto respecta a la población inmigrante, en los últimos años se han firmado Acuerdos de Ordenación y Regulación de Flujos Migratorios con varios países que tiene por finalidad ordenar la creciente corriente migratoria procedente de dichos países.

La firma de dichos Acuerdos implica la selección y contratación del contingente de trabajadores extranjeros en el país de origen, tarea que se encomienda a Comisiones de Selección integradas por autoridades españolas y del país respectivo.

Dicha contratación implica necesariamente la realización de una serie de complejas tareas en el exterior, para hacer frente a las cuales se carece actualmente de la infraestructura administrativa necesaria, por lo que parece aconsejable la creación de unidades administrativas específicas, con rango de Secciones Laborales, de Seguridad Social y de Asuntos Sociales, en aquellos países, como Ecuador, Polonia y Rumania, donde dicha carencia es más acusada.

En su virtud, en uso de la habilitación prevista en el apartado 2 del artículo 1, del Real Decreto 426/1993, de 26 de marzo, de acuerdo con el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, y previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

Primero. Creación de las Secciones Laborales, de Seguridad Social y de Asuntos Sociales.--Se crean las Secciones Labores, de Seguridad Social y de Asuntos Sociales de las Misiones Diplomáticas Permanentes de España en las Repúblicas de Polonia y Rumania, y del Consulado de España en Quito.

Las citadas Secciones estarán integradas...

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