Orden AEC/1290/2011, de 27 de abril, por la que se aprueba la VI convocatoria del programa de becas de ayuda al estudio de la Escuela Diplomática, dirigido a los alumnos españoles del 'Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales' del curso 2011-2012.

MarginalBOE-A-2011-8888
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyOrden

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a través de la Escuela Diplomática, lleva a cabo programas de formación en materia de relaciones internacionales, entre los que destaca de manera especial el «master interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales». Con ese objetivo, la Escuela Diplomática en 2006 modificó su programa de estudios en materia de relaciones internacionales creando el citado «master» que sustituyo al anterior curso de estudios internacionales CEI, y que ha tenido entre otros fines incrementar el número de alumnos españoles que desean adquirir conocimientos sólidos de la realidad internacional, en sus diferentes dimensiones.

Efectivamente, este estudio de postgrado que se realiza en la Escuela Diplomática, profundiza en las dimensiones jurídica, política, sociológica y económica de la política y de las relaciones internacionales, lo que permite completar la formación de los estudiantes españoles en esos campos sea cual fuere los estudios de grado que hubieran cursado.

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de la AECID concede becas a alumnos extranjeros que desean cursar el citado master, y que cumplen los requisitos establecidos anualmente en el programa II-C de la mencionada Agencia Española. En este mismo contexto, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a partir del curso académico 2006-2007, creó un programa de becas de ayuda al estudio para alumnos españoles del master interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales de la Escuela Diplomática. Mediante Orden AEC/2686/2010, de 28 de septiembre, se han convocado las pruebas de admisión al master para el curso 2011‑2012.

El programa de becas de ayuda al estudio para alumnos españoles del master interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales está consecuentemente dirigido a facilitar la formación de aquellos alumnos españoles con limitados recursos económicos a los que se dotará de una sólida formación teórica en todas las áreas de la realidad internacional.

La presente convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas en esta Orden y se ajustará a lo dispuesto en la Orden AEC/970/2011, de 7 de abril, (Boletín Oficial del Estado núm. 94, del 20) por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas de la Escuela Diplomática.

En virtud de todo ello, previos informes de la Abogacía del Estado y de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en régimen de concurrencia competitiva y siguiendo los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo 1 Requisitos para ser beneficiario.

Para acceder a la condición de beneficiario del programa de becas de ayuda al estudio de la Escuela Diplomática, los aspirantes, además de los requisitos contemplados en el artículo 3, de la Orden AEC/970/2011, de 7 de abril, deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Superar las pruebas de admisión al master interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales convocado por Orden AEC/2686/2010, de 28 de septiembre.

  2. Acreditar en los certificados de empadronamiento (o en los de inscripción consular en el caso de que se resida en el extranjero) al menos un año de residencia en el lugar que figure en los mismos.

Artículo 2 Duración del programa.

El programa de becas de ayuda al estudio para cursar el master interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales, tiene una duración de nueve meses, comprendidos entre el 1 de octubre de 2011 y el 30 de junio de 2012.

Artículo 3 Número de becas.
  1. Por el presente programa se convocan 30 becas, de las que cinco se destinan a los alumnos españoles residentes en la Comunidad Autónoma de Madrid y 25 a los alumnos españoles residentes en otras Comunidades Autónomas o en el extranjero.

  2. En los supuestos de renuncia de algún beneficiario a la beca concedida, esta se asignará al suplente que figure en primer lugar en la relación de suplentes de la Comunidad Autónoma de Madrid o en la de otras Comunidades Autónomas y extranjero, según proceda. Cuando no haya suplente para la vacante que, en su caso, se pudiera producir en una de las relaciones, el presupuesto destinado a esa vacante podrá destinarse a otro suplente, si lo hubiera, de la...

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