Orden de 11 de mayo de 2009, de la Consejería de Hacienda, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2010

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda
Rango de LeyOrden

El procedimiento presupuestario exige que todas las fases deban ajustarse al objetivo de Estabilidad Presupuestaria, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 5/2001 de 13 de diciembre, complementaria a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, y en el Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.

En el mismo sentido, la Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2009, autoriza a la Consejería de Hacienda a regular mediante Orden el procedimiento y criterios de elaboración de los presupuestos para el año 2010. Y también dispone que a tal efecto se tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria, con las adecuaciones que la Consejería de Hacienda considere oportunas.

No obstante, la elaboración del presupuesto para el ejercicio 2010 va a tener lugar en un escenario anómalo, bien distinto al de ejercicios anteriores, y que viene inevitablemente marcado por la situación de recesión de la economía mundial y, especialmente, de la economía española.

La destrucción de empleo, el descenso del consumo y de la actividad económica en todos los niveles productivos, y señaladamente la paralización del sector inmobiliario ha provocado una importante caída de los ingresos tributarios de todas las Administraciones Públicas. Y por desgracia, ni las previsiones de evolución de la economía española más optimistas permiten augurar una recuperación de los ingresos durante el ejercicio 2010 hasta los niveles de años precedentes.

Por tanto, ante un escenario de disminución de las disponibilidades financieras, las prioridades de gasto deben centrarse en los sectores fundamentales para la recuperación de la productividad -como la educación-, en los servicios públicos esenciales, -la sanidad y los servicios sociales-, y en el apoyo a los sectores productivos de la economía. En el resto de partidas de gasto, todos los gestores deberán asumir criterios de máxima austeridad y de contención e incluso de recortes del gasto.

Como resultado de esta situación, y con base en la habilitación que confiere la Disposición Transitoria Primera de la Ley de Presupuestos Generales de La Rioja para el año 2010, se dicta la presente Orden en la que se regula el procedimiento de elaboración de los presupuestos, cuyos criterios generales de gasto son los siguientes:

  1. Adecuar el presupuesto al objetivo de estabilidad presupuestaria, según lo dispuesto en la normativa presupuestaria europea, estatal y autonómica.

  2. Ajustar la evolución del conjunto de los gastos en coherencia con la evolución prevista para el Producto Interior Bruto durante el período.

  3. Consolidar el nivel de gasto en sanidad, educación y servicios sociales.

  4. Priorizar la inversión pública productiva como incentivación al mantenimiento y recuperación de la economía riojana.

  5. Priorizar aquellas medidas que tengan repercusión directa en la creación de empleo.

  6. Contener y recortar los gastos de personal y por operaciones corrientes con el fin de canalizar todos los recursos posibles a las actividades inversoras descritas en los apartados anteriores. Para ello, se limitarán los gastos de capítulo 1 y 2 a aquellas actuaciones estrictamente necesarias para el funcionamiento de los servicios, en el ámbito de una política general de austeridad, control y racionalización del gasto.

  7. Contener las aportaciones de capital y de explotación a los organismos públicos y entes instrumentales integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con el objetivo de fomentar su autofinanciación.

  8. Ajustar las actuaciones que cuenten con financiación externa, total o parcial, en los importes que sean estrictamente necesarios para cumplir con los compromisos de cofinanciación, yteniendo en cuenta en todo caso sus posibilidades efectivas de ejecución.

  9. No incluir nuevas actuaciones de competencia municipal, salvo que formen parte de planes y programas sectoriales, y que se estimarán en todo caso en función del nivel de ejecución real.

    1.- Procedimiento para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2010, se encuadran en los grandes objetivos y en los correspondientes Escenarios Presupuestarios de Ingresos y Gastos.

    Con este fin, el procedimiento de elaboración para el ejercicio presupuestario de 2010 se enmarca en la técnica presupuestaria del Presupuesto por Programas, buscando una asignación más racional y eficaz de los gastos de acuerdo con los recursos financieros existentes.

    1.1.- Ámbito de aplicación.

    Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, en los términos que en cada caso se establezcan, incluirán:

  10. Los órganos con dotaciones diferenciadas en los Presupuestos y la Administración General de La Rioja, cuyas secciones presupuestarias recogidas se detallan a continuación:

    SecciónDenominación

    01Parlamento.

    03Consejo Consultivo de La Rioja.

    04Administraciones Públicas y Política Local.

    05Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

    06Salud.

    07Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial.

    08Educación, Cultura y Deporte.

    09Vivienda y Obras Públicas.

    10Servicios Sociales.

    11Deuda Pública.

    12Hacienda.

    14Presidencia.

    15Servicio Riojano de Salud.

    16Servicio Riojano de Empleo.

    17Instituto de Estudios Riojanos.

    18Instituto Riojano de la Juventud.

    19Industria, Innovación y Empleo.

  11. Los organismos Autónomos.

  12. Las Entidades Públicas Empresariales.

  13. Las Sociedades Públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

  14. Las Fundaciones públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

  15. Los Consorcios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

  16. Otros organismos de derecho público no recogidos en los epígrafes anteriores.

    1.2.- Contenido de los anteproyectos y criterios de presupuestación.

    Con carácter previo a la asignación de los recursos a los diversos programas de gasto, la Consejería de Hacienda fijará el Escenario Presupuestario que determine la envolvente de los presupuestos para el 2010.

    Una vez establecido el montante global, la distribución y asignación de recursos financieros se realizará en los correspondientes programas y proyectos de gasto.

    Los anteproyectos que elaboren las Consejerías o Secciones Presupuestarias deberán incluir el siguiente contenido:

  17. La definición y concreción de los objetivos y actividades que se prevea realizar.

  18. El establecimiento de indicadores que posibiliten el seguimiento del grado de realización de los objetivos definidos.

  19. La selección de los «Proyectos de Gasto» a incluir en los presupuestos, que afecta a los capítulo 2 «Gastos Corrientes, 4 «Transferencias corrientes», 6 «Inversiones reales» y 7 «Transferencias de capital», sin perjuicio de que el resto de capítulos puedan afectarse a proyectos de gasto concretos.

  20. La selección de los proyectos de inversión, proyectos de transferencias y gastos financieros.

  21. La cuantificación y clasificación de los recursos financieros previstos para lograr tales objetivos, en especial las fuentes de financiación ajena derivada de los Planes Regionalesaprobados, y delimitando los ingresos afectos a cada programa de gasto.

    Los criterios generales para elaborar los anteproyectos del presupuesto de gastos que han de aplicarse para el ejercicio 2010 son los siguientes:

  22. Adecuar el presupuesto al objetivo de estabilidad presupuestaria, según lo dispuesto en la normativa presupuestaria europea, estatal y autonómica.

  23. Ajustar la evolución del conjunto de los gastos en coherencia con la evolución prevista para el Producto Interior Bruto durante el período.

  24. Consolidar el nivel de gasto en sanidad, educación y servicios sociales.

  25. Priorizar la inversión pública productiva como forma de incentivar el mantenimiento y recuperación de la economía riojana.

  26. Priorizar aquellas medidas que tengan repercusión directa en la creación de empleo.

  27. Contener y recortar los gastos de personal y por operaciones corrientes con el fin de canalizar todos los recursos posibles a las actividades inversoras descritas en los apartados anteriores. Para ello, se limitarán los gastos de capítulo 1 y 2 a aquellas actuaciones estrictamente necesarias para el funcionamiento de los servicios, en el ámbito de una política...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR