RESOLUCIÓN JUS/598/2008, de 27 de febrero, por la que se da publicidad a la Resolución de 20 de febrero de 2008, que se dicta en el recurso gubernativo interpuesto por el notario Luís Picho Romaní.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

JUS/598/2008, de 27 de febrero, por la que se da publicidad a la Resolución de 20 de febrero de 2008, que se dicta en el recurso gubernativo interpuesto por el notario Luís Picho Romaní.

En fecha 20 de febrero de 2008, la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas ha adoptado la Resolución en el recurso gubernativo interpuesto por el notario Luís Picho Romaní, contra la calificación del registrador de la propiedad de Granollers titular del registro número 2, que suspende la inscripción de una escritura de cesión de finca para edificación futura.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 5 de la Ley 4/2005, de 8 de abril, de los recursos contra las calificaciones de los registradores de la propiedad de Cataluña y de acuerdo con lo que prevé el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

En uso de las competencias que tengo atribuidas,

Resuelvo:

Dar publicidad a la Resolución de 20 de febrero de 2008, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, que se dicta en el recurso gubernativo interpuesto por el notario Luís Picho Romaní, contra la calificación del registrador de la propiedad de Granollers titular del registro número 2, que suspende la inscripción de una escritura de cesión de finca para edificación futura; la cual se publica como anexo a esta Resolución.

Barcelona, 27 de febrero de 2008

Pascual Ortuño Muñoz

Director general de Derecho y de Entidades Jurídicas

Anexo

Resolución de 20 de febrero de 2008, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por el notario señor Luís Picho Romaní contra la calificación del registrador de la propiedad de Granollers, titular del registro número 2, que suspende la inscripción de una escritura de cesión de finca para edificación futura.

Relación de hechos

I

El 28 de junio de 2007, en escritura autorizada por el notario de Barberà del Vallès señor Luís Picho Romaní, la compañía J. Ll., SL, concertó, con la compañía C. C., SA, con la denominación de permuta mercantil, la cesión de un solar, finca registral número 1.209 del Registro de la Propiedad número 2 de Granollers, a cambio de dos viviendas, dos locales y dos plazas de aparcamiento en edificación futura a construir sobre el mencionado solar. En la estipulación primera de la permuta se describían, junto con la totalidad del edificio, las dos viviendas (planta, puerta, superficie), los dos locales (planta, número, nivel y superficie) y las dos plazas de aparcamiento (número, planta y superficie), precisando, acto seguido, que con respecto a la concreción, características, superficie, dependencias y anexos, el representante de J. Ll., SL, manifestaba haber dispuesto del proyecto de obras y memoria de cualidades y en la misma estipulación se añadía que .[...] dado que en la escritura a formalizar en el día de hoy, a continuación de la presente, la mercantil C. C., SA, procederá a otorgar la...

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