DECRETO 337/1990, de 28 de diciembre, por el que se determinan los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en la Comunidad Autónoma de País Vasco.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 337/1990, de 28 de diciembre, por el que se determinan los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en la Comunidad Autónoma de País Vasco.

El artículo 143 de la Ley 3/1990, de 31 de mayo, de tasas y precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco dispone que los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos se establecerán mediante

Decreto, a propuesta conjunta del Departamento de Hacienda y Finanzas y del Departamento que los preste o del que dependa el órgano o ente correspondiente.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Finanzas y de los Consejeros de los distintos

Departamentos y previa deliberación y aprobación del Consejo de

Gobierno en su reunión celebrada el 28 de diciembre de 1990

DISPONGO:

Artículo 1 El presente Decreto tiene por objeto determinar los bienes, servicios y actividades por los que se podrá exigir el pago de precios públicos, sin perjuicio de posteriores inclusiones.
Artículo 2 Los Departamentos de la Administración General de la

Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos percibirán precios públicos por los bienes, servicios y actividades que se relacionan en el Anexo.

Artículo 3.- 1 La fijación o modificación de la cuantía de los precios públicos se realizará, previo informe vinculante del

Departamento de Hacienda y Finanzas, por Orden del Consejero del

Departamento correspondiente o del que dependa el órgano o ente que haya de percibirlos. 2. Cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen, podrán señalarse precios inferiores a los parámetros previstos en el articulo 144.1 de la Ley 3/ 1990, de Tasas y Precios Públicos...

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