STSJ Comunidad Valenciana , 1 de Junio de 2000

PonenteJOSE DIAZ DELGADO
ECLIES:TSJCV:2000:4616
Número de Recurso1288/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

R° núm: 1288/97 SENTENCIA N° 879 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Iltmos. Sres.:

Presidente D. JOSÉ DÍAZ DELGADO Magistrados D. SALVADOR BELLMONT Y MORA.

D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA En Valencia, a 01 de junio de 2000.

Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 1288/97, promovido por la Letrado María Cristina Alum López, en nombre y representación de GOTZ MOTORS S.A., contra acuerdo del TEAR de Valencia dictado en la reclamación n° 46/1620/95, interpuesta contra liquidación girada, sobre impuesto especial de determinados medios de transporte, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Se emplazó las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el art. 78 de la Ley de la Jurisdicción , y verificado quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día 17 de enero del corriente año, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente el Magistrado Ponente Ilmo. Sr. D. JOSÉ DÍAZ DELGADO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto, contra una Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia desestimatoria de la reclamación n°

46/1620/95, formulada contra una liquidación provisional de la Administración de la Agencia Tributaria), por el concepto de Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (Impuesto de Matriculación), y una cuota tributaria global de 339.274 pesetas.

La Administración de la Agencia Tributaría declaró improcedente la aplicación del tipo impositivo reducido del 2%, pretendido por el interesado, porque el devengo del impuesto se produjo en el año 1993, y el Acuerdo del Director del Departamento de Gestión Tributaría, por el cual se homologa el vehículo Chevrolet, tipo T-43, - denominación comercial "Chevrolet Blazer", con las variantes T10506 Automático y T10506 Manual; n° fijo de VIN 1 GNDT13Z o 2GNDT13Z y, contraseña de denominación n° B-1880-, a efectos de lo previsto en el apartado 3 de la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales, es de fecha 24 de octubre de 1994 ; y que en consecuencia era aplicable el tipo general del 13%. Los demandantes sostienen que el vehículo "Todo Terreno" a que se refiere la cuestión planteada, fue homologado a efectos fiscales con fecha de primero de julio de 1991, bajo el tipo CK/8K 18 BLAZER 4º 4, con numero de VIN IGNRV18C42DF12, y contraseña C-328, teniendo derecho a la aplicación del tipo impositivo del 2%, en la medida en que no existen diferencias significativas entre ambos vehículos, y consiguientemente los del segundo tipo, que se corresponde con uno de los adquiridos por el actor, deben considerarse como una mera variante del primero.

SEGUNDO

Esta sala ha tenido ocasión de pronunciarse sobre este tema en numerosas ocasiones, elaborando la doctrina que seguidamente se expondrá, puesta de manifiesto entre otras en la sentencia...

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