AAP Madrid 427/2003, 24 de Julio de 2003

ECLIES:APM:2003:9149
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución427/2003
Fecha de Resolución24 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

2

Juicio de Faltas nº 477/2003

Juzgado de Instrucción nº 17 de Madrid

Rollo de Sala nº 236/2003

ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU

MAJESTAD EL REY la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 427/2003

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID)

SECCIÓN CUARTA

)

ILMO. SR. MAGISTRADO

)

D. ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ )

)

En Madrid, a veinticuatro de julio de dos mil tres.

Visto en segunda instancia por el Ilmo. Sr. Magistrado al margen señalado, actuando como Tribunal unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la sentencia de 5 de mayo de 2003 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 17 de Madrid en el juicio de faltas nº 477/2003; habiendo sido partes, de un lado como apelante Bartolomé , y de otro como apelados el Ministerio Fiscal y Remedios .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción en el procedimiento citado dictó sentencia cuyo relato de hechos probados y parte dispositiva dicen:

HECHOS

PROBADOS: Que Bartolomé y Remedios , son un matrimonio, que está legalmente separado, por sentencia de 20.12.01 del Juzgado de Familia núm. 25 de Madrid, que habiendo un hijo de siete años, fruto de esa unión, la resolución estableció un régimen de visitas de a favor del padre, en fines de semana alternos desde las 10 horas del sábado hasta las 21 horas del domingo. El padre los días 12.01.03, 26.01.03, 9.02.03 y 9.03.03, ha devuelto al menor al domicilio materno pasadas las 23 horas, sin causa que justificara el retraso."

FALLO

Que debo condenar y condeno a Bartolomé como autor responsable de una falta de desobediencia del art. 634 del C. Penal a la pena de diez días de multa, siendo la cuota diaria de seis euros, con arresto sustitutorio de un día por cada dos cuotas impagadas, y al pago de las costas del juicio."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por la defensa de Bartolomé se interpuso recurso de apelación, interesando la libre absolución de su defendido.

TERCERO

Admitido en ambos efectos el recurso, y previo traslado del mismo a las demás partes, trámite en el que fue impugnado por la representación de Remedios , quien a su vez aportó prueba documental, no haciendo alegaciones el Fiscal, se elevaron los autos originales a este Tribunal, formándose el oportuno rollo de...

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