SAN, 6 de Junio de 2006

PonenteMARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDE
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2006:2457
Número de Recurso238/2005

ANGEL NOVOA FERNANDEZFERNANDO DE MATEO MENENDEZMARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDEFERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO

SENTENCIA EN APELACION

Madrid, a seis de junio de dos mil seis.

Visto por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,

en grado de apelación, el recurso número 238/2005, interpuesto por DON Jesús Ángel contra el Auto dictado el día 13 de Julio de 2005 por el Ilmo. Magistrado-Juez del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 1 en Procedimiento Abreviado número 163/2005 . Habiendo sido parte apelada MINISTERIO DE DEFENSA representado por el Sr.

Abogado del Estado. Es MAGISTRADA-PONENTE, ILMA.SEÑORA DOÑA CARMEN RAMOS

VALVERDE.

ANTECEDENTES DE HECHO

No se aceptan los hechos del Auto apelado y,

PRIMERO

Con fecha 16 de Mayo de 2005 y por DON Jesús Ángel, soldado paracaidista del Ejército de Tierra, se interpuso Recurso Contencioso-Administrativo contra la Resolución del Ministerio de Defensa de fecha 1 de Marzo de 2005 que acordó declarar la insuficiencia de condiciones psicofísicas del soldado de conformidad con el artículo 107 de la Ley 17/1999 de 18 de Mayo .

Fue turnado al Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 1 que lo admitió a trámite, incoándose el Procedimiento Abreviado número 163/2005; por Providencia de 17 de Mayo de 2005 se citó a las partes para la celebración de la Vista el día 13 de Julio siguiente a las 09:35 horas.

Con fecha 11 de Julio el recurrente solicitó, mediante escrito, la suspensión de la Vista. Dicho escrito tuvo entrada en el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 1 el día 13.

Iniciado el Juicio oral y al comparecer sólo el Letrado Don Antonio Troncoso de Castro sin representación del Sr. Jesús Ángel el Ilmo.Magistrado-Juez acordó tener a dicho recurrente por desistido, con condena en costas..

El mismo día 13 de Julio se dictó Auto en tal sentido.

SEGUNDO

Notificado a las partes, por el recurrente se interpuso Recurso de Apelación que fue admitido y al que se opuso el Sr. Abogado del Estado.

TERCERO

Remitidas los autos a esta Sección de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se señaló para votación y fallo el día 30 de Mayo, en que así tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los razonamientos jurídicos del Auto y,

PRIMERO

Es objeto de este Recurso de Apelación el Auto de 13 de Julio de 2005 por el que se acuerda tener por desistido al recurrente, al no haber comparecido al acto del Juicio...

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