RESOLUCIÓN CLT/697/2003, de 10 de marzo, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de gerente de la Entidad Autónoma de Difusión Cultural, entidad adscrita al Departamento de Cultura (convocatoria de provisión núm. CU/002/03).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

CLT/697/2003, de 10 de marzo, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de gerente de la Entidad Autónoma de Difusión Cultural, entidad adscrita al Departamento de Cultura (convocatoria de provisión núm. CU/002/03).

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 2398, de 26.5.1997), y otras disposiciones complementarias;

Dado que está vacante el puesto de gerente de la Entidad Autónoma de Difusión Cultural;

Vista la propuesta de la unidad directiva correspondiente para su provisión;

Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha realizado el correspondiente trámite de intervención;

Dada la Resolución del secretario general de Administración y Función Pública de 29 de enero de 2002, por la que se da publicidad a la refundición de las relaciones de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalidad (DOGC núm. 3566, de 1.2.2002);

Dada la descripción del puesto de trabajo a proveer, incluida en el manual de organización del Departamento de Cultura;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Dado lo que dispone la Resolución de 19 de septiembre de 2001 (DOGC núm. 3489, de 9.10.2001) de delegación de competencias del consejero de Cultura,

Resuelvo:

Artículo 1

Convocar, por el sistema de libre designación, el puesto de gerente de la Entidad Autónoma de Difusión Cultural, entidad adscrita en el Departamento de Cultura, que se detalla en el anexo 2, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Artículo 2

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el secretario general del Departamento de Cultura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona, o potestativamente, el correspondiente al lugar de su domicilio, de conformidad con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 46, 8.2 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, los interesados pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 10 de marzo de 2003

P.D. (Resolución de 19.9.2001, DOGC de 9.10.2001)

Pau Villòria i Sistach

Secretario general

Anexo 1

Bases

-1 Puesto de trabajo

Se convoca, por el sistema de libre designación, el puesto de gerente de la Entidad Autónoma de Difusión Cultural, entidad adscrita al Departamento de Cultura, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

-2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo a proveer y la descripción incluida en el manual de organización del Departamento de Cultura, es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

-3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede estar respecto de la Administración de la Generalidad en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa.

3.1.2 También podrá participar el personal funcionario no integrado que presta servicios en la Administración de la Generalidad, que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en el que esté clasificado el puesto objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidas en la relación de puestos de trabajo.

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