STSJ Cataluña , 24 de Marzo de 2001

PonenteEMILIO VICENTE BERLANGA RIBELLES
ECLIES:TSJCAT:2001:4101
Número de Recurso3596/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso n°. 3596/1996 Partes: Don Luis Miguel C/ Dirección General de Empleo SENTENCIA N°.314 En la ciudad de Barcelona, a veinticuatro de marzo de dos mil uno. Don Emilio Berlanga Ribelles, Magistrado de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (Sección Segunda), ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°. 3596/1996, interpuesto por Don Luis Miguel , representado y defendido por la Letrada Doña María Pilar Jiménez González, contra la Dirección General de Empleo, representada y asistida por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte recurrente, mediante su representación procesal, interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución administrativa de fecha 29 de octubre de 1992, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra resolución de 24 de enero de 1.992 de la Dirección Provincial del I.N.E.M. de Barcelona, sobre pérdida de prestación por desempleo.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Acordado por auto de fecha 3 de diciembre de 1997 el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., por providencia de fecha 2 de febrero de 2.000, se dio traslado a las partes acerca de la aplicación de la Disposición Transitoria única de la Ley Orgánica 6/98, sobre conocimiento del proceso por Tribunal Unipersonal, no habiendo realizado las partes oposición alguna, constituyéndose la Sala con el Magistrado Ponente y quedando los autos conclusos para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con fecha 10 de junio de 1996 y número 4607-91 la Inspección Provincia(de Trabajo y Seguridad Social de Barcelona extendió acta de infracción al trabajador Luis Miguel tras haber comprobado que en el período 20 a 22 de agosto de 1988 simuló una relación laboral con la empresa Gabinete Técnico de Asesoramiento, S.C.P. amparado por una apariencia de legalidad (alta y baja en Seguridad Social, cotización, contrato de trabajo y rescisión del mismo por no superar el período de prueba), que le situó en posición de perceptor de prestaciones de desempleo, cuyo importe capitalizó convirtiéndose en empresario por cuenta propia.

Calificados tales hechos como constitutivos de la infracción prevista y tipificada como causa grave en el art. 30.3.2 de la Ley 8/1988, de 7 de abril, de infracciones y sanciones en el orden social, fue sancionado por la Dirección Provincial de Barcelona del Ministerio de Trabajo Luis Miguel , como responsable de la misma, con...

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