ORDEN de 29 de octubre de 1987 por la que se desarrolla la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura, Ganaderia y Montes
Rango de LeyOrden

ORDEN de 29 de octubre de 1987 por la que se desarrolla la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes.

El Decreto 240/1987, de 29 de septiembre, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes prevee su desarrollo mediante Orden, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/1983 del Gobierno y de la Administración de Castilla y León.

En su virtud, al amparo del artículo 33 de esta última, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 29 de octubre de 1987,

DISPONGO:

Artículo 1 º- Secretaría General.-

UNO. Corresponden a la Secretaría General las funciones previstas en el artículo tercero del Decreto 240/1987 de Estructura Orgánica de la Consejería, así como las que tenga atribuídas legalmente.

DOS. La Secretaría General queda estructurada en las siguientes unidades orgánicas:

  1. Servicio de Asuntos Generales.- Corresponden a este servicio las cuestiones referentes al régimen y gestión del personal adscrito a la Consejería, así como el régimen interior de funcionamiento de sus servicios generales e inspección de los mismos, el registro general de documentos, archivo general de la Consejería, información y documentación.

    Para el cumplimiento de estas funciones el Servicio de Asuntos Generales se organiza en las siguientes secciones:

    - Sección de Personal, con tres negociados.

    - Sección de Régimen Interior e Inspección con dos negociados.

  2. Servicio de Asuntos Económicos.- Corresponde a este servicio: a) Cuantificar los objetivos y programas de actuación de los servicios dependientes de la Consejería, con especial seguimiento de los que abarquen varios ejercicios.

    1. Aplicar y velar por su aplicación, en el ámbito de la Consejería, de las normas vigentes en cada momento para la elaboración y desarrollo del Presupuesto.

    2. Elaborar el Anteproyecto de Presupuestos de la Consejería integrando los datos que afecten a los diferentes servicios o unidades orgánicas.

    3. Informar y tramitar las propuestas de modificaciones presupuestarias que demanden las incidencias surgidas durante el período de vigencia de cada presupuesto, y proponer las que, en su caso, considere necesarias para el cumplimiento de los objetivos de gasto de la Consejería.

    4. Informar los proyectos de normas de la Consejería que puedan tener incidencia sobre el gasto.

    5. Evaluar el grado de cumplimiento de objetivos y programas de la Consejería.

    6. Servir de órgano de coordinación y enlace en materia presupuestaria de la Consejería con el Servicio de Presupuestos de la Dirección General de Presupuestos y Patrimonio.

    7. Efectuar el cálculo del coste de los Servicios de la Consejería.

    8. Evacuar los informes de contenido económico que se le requieran.

    9. Ejercer la habilitación económica.

    10. Realizar la contratación económica con carácter general.

    11. Cualquier otra función que se le requiera en el ámbito que le es propio.

    Del Servicio de Asuntos Económicos dependerán las siguientes unidades:

    - Sección de Presupuestos y Contratación, con dos negociados.

    - Sección de Patrimonio, con dos negociados.

  3. Intervención Delegada.-Corresponden a este Servicio las funciones señaladas en el artículo 4.º del Decreto 32/1984, de 24 de mayo, sobre estructura orgánica de la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma:

    1. La contabilidad general, presupuestaria y analítica de la Consejería.

    2. La fiscalización previa del reconocimiento de los derechos, obligaciones o gastos que se asignen como consecuencia de los actos de gestión de la Consejería, en los casos en que no esté expresamente atribuída a la Intervención General.

    3. La intervención de las inversiones de la Consejería, cuando esta no corresponda efectuarla a la Intervención General.

    4. El examen, comprobación y, en su caso, rectificación, de las liquidaciones y retenciones de los impuestos, contribuciones, tasas, cuotas de la Seguridad Social y demás tributos y gravámenes que tengan su origen en los actos de gestión de la Consejería.

    De acuerdo con el artículo 5.º del Decreto 32/84, de 24 de mayo, esta Intervención Delegada contará con un Interventor Delegado Adjunto y se estructurará en las siguientes secciones:

    - Sección de Contabilidad, con dos negociados.

    - Sección 1.ª de Fiscalización, con un negociado.

    - Sección 2.ª de Fiscalización, con un Negociado.

  4. Asesoría Jurídica.- A la Asesoría Jurídica, que tendrá rango de Servicio, le corresponden las funciones establecidas en el artículo 4.º del Decreto 71/85 de 18 de julio y cuantas otras le fueran atribuídas en relación con las materias que son competencia de la Consejería.

    Para el ejercicio de estas funciones, la Asesoría Jurídica se estructura en tres unidades orgánicas, con rango de Sección.

    El Servicio tendrá un Negociado de apoyo.

  5. Servicio de Estudios, Programas y Política Agrícola Común.- Corresponde al Servicio de Estudios, Programas y Política Agrícola Común el análisis de prioridades de actuación, evaluación de planes y programas; realización de estudios y proyectos generales relacionados con el Sector Agrario; diseño, aplicación, coordinación y archivo estadístico de la Consejería. Ordenación Cartográfica, informática, coordinación de actuaciones en el marco de la Política Agrícola Común y de la elaboración y seguimiento de actuaciones en Zonas desfavorecidas y de montaña y cualquiera otra función que se le requiera en el ámbito que le es propio.

    De este Servicio dependerán las siguientes unidades:

    - Sección de Estudios y Documentación.

    - Sección de Estadística.

    - Sección de Cartografía.

    - Sección de Política Agrícola Común.

    - Sección de Agricultura de Montaña y otras zonas desfavorecidas.

    El Servicio contará con tres negociados de apoyo.

    Igualmente se encuadra orgánicamente, dentro de este Servicio el personal del Departamento de Informática, adscrito a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes, con la siguiente estructura:

    - Jefe del Departamento de Informática.

    - Responsable del área de desarrollo.

    - Responsable del área de explotación.

    - Responsable del sistema y normalización.

  6. Servicio de investigación Agraria.- Corresponden a este Servicio la participación en la...

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