ORDEN HAC/1016/2008, de 12 de junio, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Hacienda.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/1016/2008, de 12 de junio, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Hacienda.

El Decreto 71/2007, de 12 de julio, de estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, ha definido sus órganos directivos centrales de modo que mantiene los que ya existían en la anterior estructura orgánica e introduce algunos cambios en la denominación y funciones de la Dirección General de Tributos como consecuencia de las previsiones de la Ley General Tributaria, actualiza las atribuciones de la Tesorería General de acuerdo con lo establecido por la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad y crea la Dirección General de Financiación Autonómica a la que corresponde el ejercicio de las competencias en materia de financiación de la Comunidad.

Por otra parte, el Decreto 87/2007, de 23 de agosto, por el que se regula la dependencia orgánica de las intervenciones delegadas de la Intervención General de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ha establecido que las intervenciones delegadas que desempeñen sus funciones en las consejerías, organismos autónomos y otros entes del sector público autonómico dependen orgánicamente de la Consejería de Hacienda a través de la Intervención General.

Partiendo de aquella definición, de la que respecto de la Intervención General de la Administración de la Comunidad realizan los artículos 3 y 4 del Decreto 208/1993, de 16 de septiembre, de estructura orgánica de la Intervención General de la Administración de la Comunidad, y de las previsiones del citado Decreto 87/2007, debe concretarse la organización de cada órgano directivo central, lo que es el objeto de la presente Orden que partiendo de conservar en gran medida la estructura establecida por la Orden HAC/1096/2003, introduce algunas modificaciones en la organización de la Secretaría General, de la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios y de la Dirección General de Estadística, para ajustarla mejor a sus funciones y en el resto de los órganos directivos para acomodar su estructura a los cambios producidos por los decretos citados.

De este modo se determinan los órganos y unidades administrativas que constituyen la organización de cada órgano directivo central de la Consejería de Hacienda y se delimitan sus funciones como exige el artículo 37 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, lo que conforme a lo establecido por el artículo 45.3 de la misma Ley debe realizar el titular de la consejería, previo informe de la Consejería de Administración Autonómica y deliberación de la Junta de Castilla y León.

En su virtud, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 12 de junio de 2008,

DISPONGO:

CAPÍTULO I Secretaría General Artículos 1 a 11
Artículo 1 Organización de la Secretaría General.

La Secretaría General para el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas por el artículo 4 del Decreto 71/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, se organiza en las siguientes unidades administrativas:

Servicio de Personal y Asuntos Generales.

Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento.

Servicio de Asuntos Económicos.

Asesoría Jurídica.

Servicio de Informática.

Servicio de Patrimonio.

Servicio de Administración de Edificios Administrativos.

Servicio de Infraestructuras y Adquisición Centralizada.

Servicio de Normalización de la Contratación y Apoyo a la Junta Consultiva.

Sección de Archivo Central.

Artículo 2 Servicio de Personal y Asuntos Generales.
  1. Al Servicio de Personal y Asuntos Generales competen las siguientes funciones:

    1. La gestión de las incidencias y de las variaciones individuales de la situación administrativa del personal de la Consejería.

    2. La confección y gestión de la nómina y de la Seguridad Social, así como la administración, gestión y seguimiento de los créditos en materia de personal.

    3. La elaboración de las propuestas de resolución de los recursos administrativos y las reclamaciones previas en materia de personal.

    4. La elaboración de propuestas de convocatorias para la provisión de puestos de trabajo y de pruebas selectivas.

    5. La elaboración de las propuestas de relaciones de puestos de trabajo y sus modificaciones.

    6. La intervención en los procesos de negociación de las condiciones de trabajo del personal al servicio de la consejería.

    7. La tramitación de las solicitudes de vacaciones, licencias y permisos competencia de la Secretaría General y el control del cumplimiento del horario y la jornada de trabajo.

    8. La coordinación y la gestión de las tareas de formación del personal de la Consejería, de acuerdo con los criterios establecidos por la Consejería de Administración Autonómica.

    9. La inspección de servicios.

    10. La organización y coordinación de los servicios de personal subalterno, conductores, teléfonos y otros servicios de carácter general.

    11. La organización, coordinación, mantenimiento y seguridad de los vehículos oficiales, medios de reprografía, y almacenes de la Consejería.

    12. El aprovisionamiento, mantenimiento y renovación del equipamiento y material general, tanto fijo como fungible, necesario para el funcionamiento de la Consejería.

      m)El inventario de los bienes muebles utilizados por la Consejería.

    13. El seguimiento de los gastos y la elaboración de informes sobre la gestión efectuada con vistas a la posible reducción de aquéllos.

      ñ) La clasificación y catalogación de los fondos bibliográficos y documentales de la consejería y la información sobre los mismos.

    14. Las relativas a asuntos generales que correspondan a la Secretaría General y no estén expresamente atribuidas a otro servicio.

  2. Para el ejercicio de sus funciones cuenta con las siguientes unidades:

    1. Sección de Personal, a la que corresponde la gestión de los asuntos de personal, la elaboración de las propuestas de resolución en la materia, la gestión de los expedientes de contratación e incorporación de personal, de las nóminas y cotización a los distintos regímenes de la Seguridad Social, de las propuestas de modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo, las tareas relativas a los planes de formación aprobados y el apoyo al servicio en todo asunto relacionado con la gestión de personal. Cuenta con los siguientes negociados:

      Negociado de Asuntos de Personal, al que corresponde la tramitación de los expedientes correspondientes a las funciones de la sección y el apoyo a ésta en materias propias de la gestión de personal.

      Negociado de Nóminas y Seguridad Social, al que corresponde la confección de la nómina de la Consejería, la tramitación de expedientes correspondientes a los distintos regímenes de Seguridad Social y el apoyo a la Sección de Personal en materias propias de gestión de nóminas y Seguridad Social.

    2. Sección de Régimen Interno, a la que corresponde la gestión del régimen interior, el inventario de bienes muebles, el equipamiento de la consejería, el seguimiento y control de permisos, vacaciones y licencias autorizadas al personal y del cumplimiento de la jornada laboral, organizar las tareas de conductores, telefonistas y personal subalterno, la gestión de los asuntos referentes a los trabajos de reprografía y confección de publicaciones y el apoyo al servicio, en los asuntos relacionados con el régimen interior. Cuenta con los siguientes negociados:

      Negociado de Compras, Suministros e Inventario, al que corresponde la tramitación de expedientes de contratos menores de compras y equipamiento mediante la elaboración de propuestas de gasto, la actualización del inventario de bienes muebles y mantener las relaciones necesarias para la operatividad del programa que lo gestiona, el mantenimiento del almacén de material fungible y suministro y control del suministro a los distintos órganos directivos.

      Negociado de Control de Cumplimiento Horario, al que corresponde la tramitación administrativa de las solicitudes de permisos, vacaciones y licencias, la comprobación del cumplimiento de la jornada laboral y el archivo de la documentación.

      Negociado de Asuntos Generales, al que corresponde tramitar los asuntos referidos al correo y facturación, telefonía fija y móvil y su facturación, conductores, ordenanzas, transporte urgente, paquetería, vehículos, movimientos internos de mobiliario y cambios de despachos, actos de protocolo y actos sociales, así como otros que se le puedan encomendar.

    3. Negociado de Documentación y Archivo, al que corresponde tramitar los asuntos de biblioteca y de archivo, y colaborar en ellos, tanto en lo que se refiere a la documentación física como a la cargada en la página Web respecto de la cual le corresponde colaborar en su mantenimiento y actualización bajo las instrucciones correspondientes.

Artículo 3 Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento.
  1. El Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento tiene a su cargo las siguientes funciones:

    1. El estudio jurídico previo a la elaboración de proyectos de disposiciones generales y anteproyectos de ley en todas las materias competencia de la Consejería.

    2. En colaboración con el órgano o unidad que corresponda por razón de la materia, la redacción de los borradores y los anteproyectos de disposiciones generales y de ley, así como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR