DECRETO 22/1983, de 9 de febrero, de la Diputación General por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo y Acción Social de la Diputación General de Aragón.
Sección | I. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE TRABAJO Y ACCION SOCIAL |
Rango de Ley | Decreto |
††† DECRETO 22/1983, de 9 de febrero, de la DiputaciÛn General por el que se desarrolla la estructura org·nica de la ConsejerÌa de Trabajo y AcciÛn Social de la DiputaciÛn General de AragÛn.
††† El Decreto 1/83, de 3 de Enero, por el que se modificaba la estructura administrativa de la DiputaciÛn General de AragÛn, dividÌa en dos Departamentos la anterior ConsejerÌa de Sanidad, Trabajo y AcciÛn Social, cuya estructura org·nica habÌa sido aprobada por Decreto 78/82, de 26 de Octubre.
††† Recogiendo las disposiciones anteriores, y a la vista de las necesidades del funcionamiento de los servicios, procede desarrollar la estructura org·nica de la ConsejerÌa de Trabajo y AcciÛn Social, de forma que se pueda adecuar la organizaciÛn al mejor funcionamiento de las competencias que tiene asignadas.
††† En su virtud, a propuesta del Consejero de Trabajo y AcciÛn Social y previa deliberaciÛn de la DiputaciÛn General de AragÛn en su reuniÛn de 9 de febrero de 1983, DISPONGO ArtÌculo primero.- La ConsejerÌa de Trabajo y AcciÛn Social de la DiputaciÛn General de AragÛn se estructura de acuerdo con las prescripciones establecidas en la presente DisposiciÛn.
††† ArtÌculo segundo.- El Consejero de Trabajo y AcciÛn Social ostenta la autoridad superior de la ConsejerÌa y de Èl dependen todos los servicios, Ûrganos y entidades adscritos a la misma dentro del territorio de la Comunidad AutÛnoma de AragÛn.
††† ArtÌculo tercero.-1.-Del Consejero de Trabajo y AcciÛn Social depender·n directamente la DirecciÛn General de Trabajo y AcciÛn Social y la DirecciÛn General de Deportes y Juventud.
††† 2.- TambiÈn depender· directamente del Consejero de Trabajo y AcciÛn Social la SecretarÌa General de la ConsejerÌa, con nivel org·nico de Servicio, con las Secciones siguientes: - SecciÛn de Asuntos Generales. - SecciÛn de Personal y RÈgimen Interior. - SecciÛn de GestiÛn EconÛmica de AcciÛn Social. - SecciÛn de GestiÛn EconÛmica de Deportes. - SecciÛn de GestiÛn EconÛmica de Juventud.
††† ArtÌculo cuarto.- De la DirecciÛn General de Trabajo y AcciÛn Social depender· el Servicio Regional de AcciÛn Social, con las siguientes Secciones: - SecciÛn de CoordinaciÛn y Asistencia TÈcnica. - SecciÛn de ProgramaciÛn, Estudios y FormaciÛn.
††† ArtÌculo quinto.-La DirecciÛn General de Deportes y Juventud tendr· la siguiente estructura: - Servicio Regional de Deportes. - Servicio Regional de Juventud.
††† ArtÌculo sexto.-1.-Para el cumplimiento...
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