SAP Barcelona 225/2006, 4 de Abril de 2006

PonenteJUAN BAUTISTA CREMADES MORANT
ECLIES:APB:2006:3587
Número de Recurso572/2005
Número de Resolución225/2006
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

JUAN BAUTISTA CREMADES MORANT ISABEL CARRIEDO MOMPIN MARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUE FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOTERCERA

ROLLO Nº 572/2005-C

JUICIO VERBAL Nº 12/2005

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 56 DE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m. 225

Ilmos. Sres.

D. JOAN CREMADES MORANT

Dª.ISABEL CARRIEDO MOMPÍN

Dª.Mª ANGELS GOMIS MASQUÉ

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a cuatro de Abril de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 12/2005, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 56 de Barcelona, a instancia de Dª. Elvira contra ELECTROLAEN, S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por ambas partes contra la Sentencia dictada en los mismos el día 1 de Marzo de 2.005 y Auto aclaratorio de 16 de Marzo de 2.005, por la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda formulada por el Procurador DON FRANCISCO FERNÁNDEZ ANGUERA en nombre y rerpesentación de DOÑA Elvira contra ELECTROLAEN, S.L. a) Declaro resuelto por falta de pago el contrato de arrendamiento celebrado en relación al local letra E sito en la planta baja de la calle Alberto Llanas s/n de Barcelona.- b) Condeno a ELECTROLAEN, S.L. a reintegrar a la actora el local indicado, con apercibimiento de desalojo en caso de no hacerlo voluntariamente.- c) Condeno a ELECTROLAEN, S.L. a pagar a la actora la cantidad de VEINTE MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS (20.196,60 euros), así como a los intereses legales de la mencionada cantidad que se devengarán desde la fecha de interposición de la demanda.- Cada parte abonará las costas causadas a su instancia".

La parte dispositiva del Auto aclaratorio es del tenor literal siguiente: Se contempla la Sentencia dictada en el presente procedimiento con la siguiente declaración en el fallo: "d) Condeno a ELECTROLAEN, S.L. a pagar a la actora el 16% de IVA sobre la anterior cantidad".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación por ambas partes mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día VEINTIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL SEIS.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAN CREMADES MORANT.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Instada la resolución y consiguiente desahucio por falta de pago de la renta respecto del contrato de arrendamiento de 3.7.1996 sobre el local sito de Barcelona, C/ DIRECCION000 , s/n bloque NUM000 NUM001 planta NUM002 , acumulando, al amparo del art. 483.3º LEC la reclamación de las rentas pendientes por un total de 53.596'85 € más el IVA del 16% (tras deducir determinados pagos parciales desde enero del 2002 a Julio 2003), consignándose en la demanda la posibilidad de enervar, a dicha pretensión se opuso la demandada alegando existió un acuerdo con el marido de la actora, sobre rebaja de la renta durante el período de 2002 a julio 2003, y posteriormente se resolvió el contrato, ocupando el local en precario desde julio 2003.

La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda declarando resuelto el contrato de arrendamiento y...

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