SAP Zaragoza 300/2006, 10 de Mayo de 2006
Ponente | JUAN IGNACIO MEDRANO SANCHEZ |
ECLI | ES:APZ:2006:1156 |
Número de Recurso | 637/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 300/2006 |
Fecha de Resolución | 10 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
JUAN IGNACIO MEDRANO SANCHEZEDUARDO NAVARRO PEÑAMARIA JESUS DE GRACIA MUÑOZ
SENTENCIA NUMERO TRESCIENTOS
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. Juan I. Medrano Sánchez
Magistrados:
D. Eduardo Navarro Peña
Dª MªJesús De Gracia Muñoz
En Zaragoza a diez de Mayo de dos mil seis.
En nombre de S.M. el Rey
VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 4 de octubre de 2005, por el Juzgado de Primera Instancia Número Diecisiete de Zaragoza, en autos de Desahucio seguidos con el número 785 de 2005 , sobre Falta de pago y reclamación de cantidad, de que dimana el presente rollo de apelación numero 637/05 en el que han sido partes, apelante, la demandada DOÑA Amelia, representada por el Procurador Don José Ignacio de San Pio Sierra y asistida del Letrado Don Carlos Cuartero Bernal, y, apelada, la demandante DOÑA Luisa, representada por la Procuradora Doña Natalia Ferrer Pérez y asistida del Letrado Don Victor Manuel Serrano Entío, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON Juan I. Medrano Sánchez, que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y
La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Debo declarar y declaro enervada la acción de desahucio formulada por Luisa frente a Amelia en relación con el arrendamiento sobre el local sito en el bajo del nº NUM000 de la CALLE000 de esta capital, con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Hágase entrega a la parte actora de la cantidad consignada de 1.941 euros."
Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de la demandada DOÑA Amelia, se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación. Dado traslado a la parte demandante formuló oposición al presente recurso remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta.
Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, sin celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 9 de mayo de 2006, en que tuvo lugar.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
En el recurso de apelación se plantean varias cuestiones relativas al ámbito del juicio de desahucio por falta de pago de la renta, en este caso de local de negocio concertado con persona física, a la que se ha acumulado la de reclamación de rentas, lo que fundará una excepción de inadecuación de procedimiento y de caducidad de la acción, esta última referenciada a una incongruencia omisiva al no haber tenido respuesta en la sentencia de instancia.
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