Orden ITC/1018/2006, de 29 de marzo, por la que se deroga la Orden de 26 de febrero de 1986 por la que se regula el régimen de comercio exterior de las Islas Canarias, Ceuta y Melilla.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Abril de 2006
MarginalBOE-A-2006-6249
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyOrden

Orden ITC/1018/2006, de 29 de marzo, por la que se deroga la Orden de 26 de febrero de 1986 por la que se regula el régimen de comercio exterior de las Islas Canarias, Ceuta y Melilla.

La Orden de 26 de febrero de 1986 por la que se regula el régimen de comercio exterior de las islas Canarias, Ceuta y Melilla, cuya última modificación se realizó por Orden de 18 de abril de 1990, constituye la disposición básica que ha regulado desde la adhesión de España a las Comunidades Europeas el comercio exterior de dichas islas y ciudades autónomas, así como la tramitación de los documentos requeridos en el mismo.

En virtud del Reglamento (CEE) n.º 1911/91 del Consejo, de 26 de junio de 1991, relativo a la aplicación de las disposiciones del Derecho comunitario en las islas Canarias, las islas Canarias pasaron a formar parte del territorio aduanero comunitario a partir del 1 de julio de 1991, por lo que desde esta fecha la Orden de 26 de febrero de 1986 por la que se regula el régimen de comercio exterior de las islas Canarias, Ceuta y Melilla dejó de ser aplicable en Canarias.

Desde la adopción de la referida Orden de 26 de febrero de 1986, se han producido cambios significativos en el ámbito comercial con implicaciones para el régimen de exportación e importación de Ceuta y Melilla.

En la actualidad, el comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso en Ceuta y Melilla se rige por el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnología de doble uso, aprobado por el Real Decreto 1782/2004, de 30 de julio; por el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, y por las Leyes Orgánicas 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando y 3/1992, de 30 de abril, por la que se establecen supuestos de contrabando en materia de exportación de material de defensa o material de doble uso. En consecuencia, lo dispuesto en la Orden de 26 de febrero de 1986 respecto a este tipo de productos ya no es de aplicación.

Por otro lado, el Reglamento (CE) n.º 1236/2005, del Consejo, sobre el comercio de determinados productos que pueden utilizarse para aplicar la pena de muerte o infligir tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ya...

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