DECRETO 573/2006, de 19 de diciembre, dereestructuración parcial del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y VIVIENDA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

573/2006, de 19 de diciembre, de reestructuración parcial del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda.

El Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, ha asignado nuevas competencias al Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, por lo que es preciso adecuar la estructura del Departamento a estas previsiones.

De acuerdo con lo que prevé la Ley 13/1989, de organización procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña; a propuesta del consejero de Medio Ambiente y Vivienda, y previa deliberación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña,

Decreto:

Artículo 1

Secretaría de Vivienda

1.1 La Secretaría de Vivienda, creada por el Decreto 68/2004, de 20 de enero, de estructuración y de reestructuración de varios departamentos de la Administración de la Generalidad, tiene las siguientes funciones:

a) Planificar, coordinar y hacer el seguimiento de las políticas, programas y planes relativos a la vivienda de iniciativa pública o privada.

b) Planificar, dirigir, coordinar y hacer el seguimiento de las políticas, programas y planes relativos a la ordenación de la edificación, el control de la calidad de procesos y de los productos de la edificación, y el control de la habitabilidad de edificios y de viviendas.

c) Planificar, coordinar y hacer el seguimiento de las políticas, programas y planes relativos a la rehabilitación de viviendas, la remodelación de edificios de viviendas y de conjuntos de viviendas, y a la movilización del parque vacante existente.

d) Definir los criterios para la gestión del patrimonio de vivienda pública.

e) Definir y regular el sistema de acceso a las viviendas de protección pública.

f) Definir y hacer el seguimiento de las políticas de adjudicación de las viviendas de protección pública.

g) Dirigir y coordinar las políticas sociales de vivienda.

h) Dirigir y coordinar la planificación territorial sectorial de vivienda, sin perjuicio de las competencias del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas en la planificación territorial general y en las políticas de suelo.

i) Elaborar los documentos y emitir los informes que le sean requeridos sobre todos los ámbitos relacionados con la vivienda, y coordinar toda la...

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