STSJ Comunidad de Madrid , 15 de Abril de 2004
Ponente | MARIA JESUS VEGAS TORRES |
ECLI | ES:TSJM:2004:4732 |
Número de Recurso | 670/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 15 de Abril de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1 MADRID SENTENCIA: 00579/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso núm. 670/99 S E N T E N C I A NÚM. 579 Ilmos. Sres.
Presidente:
Don Alfredo Roldán Herrero Magistrados:
Doña Clara Martínez de Careaga y García Don Francisco Javier Sancho Cuesta Doña Maria Jesús Vegas Torres Don José Félix Martín Corredera En la Villa de Madrid, a 15 de abril de 2004.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistra-dos relacionados al margen, los autos del recurso contencio-so-administrativo número 670/99 interpuesto por la procuradora sra. Iglesias Saavedra, en nombre y representación de D. Jose Ángel , contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Alcorcón de 27 de enero de 1999 en relación con el requerimiento de pago de la compensación económica sustitutiva del aprovechamiento urbanístico municipal a los titulares de parcelas resultantes en el Proyecto de Reparcelación del Sector 6 del PGOU en suelo urbanizable programado "Ampliación de Industrias Especiales". Ha sido parte demandada AYUNTAMIENTO DE ALCORCON, representado por el procurador sr. Granda Molero y PROMO FERSAN SL. y VIUDA DE PRUDENCIO SANCHEZ SL., representados por el procurador sr. Escuderto Delgado.
Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedi-mentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito presentado, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia por la que se declare la nulidad del Acuerdo de compensación económica sustitutiva del aprovechamiento urbanístico municipal respecto de los titulares de la parcela 11-B del Proyecto de Reparcelación del sector 6 del PGOU de Alcorcón en suelo urbanizable programado "ampliación industrias especiales" (Expediente 2S.C.O./96.
Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administra-tivo impugna-do.
Practicada la prueba propuesta con el resultado obrante en autos, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y fallo el día 13 de abril del presente año, fecha en que tuvo lugar.
Siendo PONENTE la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Maria Jesús Vegas Torres.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo el Acuerdo del Ayuntamiento de Alcorcón de 27 de enero de 1999 en relación con...
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