SAP Madrid 409/2007, 16 de Julio de 2007
Ponente | RAMON RUIZ JIMENEZ |
ECLI | ES:APM:2007:11602 |
Número de Recurso | 393/2007 |
Número de Resolución | 409/2007 |
Fecha de Resolución | 16 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00409/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 19
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98
N.I.G. 28000 1 7032856 /2007
ROLLO: RECURSO DE APELACION 393 /2007
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 479 /2006
JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 69 de MADRID
Apelante/s: Rita
Procurador: MARIA CONCEPCION LOPEZ GARCIA
Apelado/s: María Rosa
Procurador: MARIA LOURDES FERNANDEZ-LUNA TAMAYO
SENTENCIA Nº 409
Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. NICOLAS DIAZ MENDEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
En MADRID a, dieciséis de Julio de dos mil siete.
La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario nº 479/2006, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 69 de Madrid y seguidos sobre resolución de contrato de arrendamiento por denegación de prórroga forzosa por causa de necesidad, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala nº 393/2007, en el que han sido partes, como apelante Rita, que estuvo representada por la Procuradora Dña. Concepción López García; y de otra, como apelado María Rosa, que vino al litigio representada por la Procuradora Dña. Maria Lourdes Fernández Luna Tamayo.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y
Con fecha 5 de marzo de 2.007, el Juzgado de 1ª Instancia nº 69 de Madrid, en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:"FALLO: ESTIMO la demanda interpuesta por Dª María Rosa, representada por la Procuradora Dª María Lourdes Fernández-Luna Tamayo, frente a Dª Rita, representada por la Procuradora Dª Mª Concepción López Doménech, y en consecuencia:
-
- DECLARO RESUELTO el contrato de arrendamiento sobre la vivienda sita en Madrid, CALLE000 nº NUM000, NUM001, existente entre ambas partes litigantes, al concurrir causa de denegación de la prórroga forzosa por necesitarla para sí la demandante.
-
- CONDENO en consecuencia a Dª Rita a estar y pasar por dicha declaración, y a desalojar y dejar libre la citada vivienda dentro del plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento en caso contrario.
-
- CONDENO a la expresada demandada al pago de las costas derivadas de este procedimiento."
Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Rita, que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.
En esta alzada, para cuya deliberación y votación se señaló el pasado día diez de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.
Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y
La demanda que encabeza estas actuaciones, solicitaba la denegación de la prórroga del contrato de arrendamiento que liga a las partes por necesitar la vivienda, acreditando no solo el preaviso previo, sino la realidad de trabajar el esposo de la demandante en esta ciudad de Madrid y residir en Sigueruelo (Segovia), y el hecho de tener solicitada y aprobada una adopción de dos niños. Ha de añadirse que el contrato data de 1935, que se subrogó la esposa del inicial contratante en 1976, fecha en que falleció aquel y que la ahora demandada se subrogó en el año 1994 tras fallecer su madre. La sentencia estima la demanda y se alza contra ella la inicial demandada.
Nada de particular se argumenta en el recurso que permita variar el criterio del juzgador de la primera instancia. Los hechos...
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