SAP A Coruña 54/2008, 6 de Febrero de 2008
Ponente | MARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO |
ECLI | ES:APC:2008:344 |
Número de Recurso | 446/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 54/2008 |
Fecha de Resolución | 6 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
LA CORUÑA/A CORUÑA
SENTENCIA: 00054/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑA
Sección 002
Rollo: 0000446 /2007 -Pg
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 5 de LA CORUÑA/A CORUÑA
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 0000047 /2005, digo Juicio Oral nº 47/05
N U M E R O 54
En A Coruña, seis de Febrero de dos mil ocho
LA SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituída por las Ilustrísimas Señorías DON/DOÑA MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO-Presidente, LUIS BARRIENTOS MONGE, MARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO, Magistrados/das, ha pronunciado
E N N O M B R E D E L R E Y
S E N T E N C I A
En el recurso de apelación penal número 446/07, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 5 de A Coruña, en Procedimiento Abreviado número 275/04 del Juzgado de Instrucción nº 3 de A Coruña, Juicio Oral nº 47/05, seguidas de oficio por un delito Contra la seguridad del tráfico, figurando como apelante Benito representado por procurador Sr. Pérez Lizarriturri y defendido por Letrada Sra. Deus Sixto, y como apelado MINISTERIO FISCAL.- Siendo Ponente el Ilmo./Ilma. DON/DOÑA MARIA DOLORES FERNANDEZ GALIÑO.
Que por el Ilmo./Ilma. Magistrado/a- Juez del Juzgado de lo Penal Nº 5 de A Coruña con fecha 27-10-05, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Benito como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad del tráfico, conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas, ya definido, no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de MULTA DE CUATRO MESES con cuota diaria de SEIS EUROS, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, y PRIVACION del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempo de UN AÑO Y UN MES, así como al pago de las costas de este juicio.".
Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por Benito, que le fue admitido en ambos efectos, por proveido de fecha 06-07-07, dictado por el instructor, acordando dar el traslado prevenido en el art. 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.
Por proveido de fecha 03-10-07, se acordó elevar todo lo actuado a este Tribunal, para resolver el recurso y recibidas que fueron las diligencias se acordó pasar las mismas al Ilmo./Ilma. Sr. /Sra. Magistrado/a Ponente.
En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.
Se aceptan los hechos declarados probados de la sentencia recurrida.
Se opone el recurrente a la sentencia de instancia alegando que él no condujo el vehículo en ningún momento y no ha quedado probada la influencia del alcohol en las facultades psicofísicas del conductor.
No pueden tener las alegaciones del recurrente favorable acogida pues la Juez de instancia desde la posición privilegiada que la inmediación le...
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