SAP Madrid 267/2006, 4 de Julio de 2006

PonenteJOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO
ECLIES:APM:2006:9912
Número de Recurso194/2006
Número de Resolución267/2006
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

MARIA CARMEN COMPAIRED PLO ADORACION MARIA RIERA OCARIZ JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO

cel

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 194 /2006

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 26 /2006

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 13 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 267/06

ILMAS/OS. SRAS/ES.

PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO

MAGISTRADA DÑA. A. MARIA RIERA OCARIZ

MAGISTRADO D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO

En MADRID, a cuatro de Julio del dos mil seis.

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª. Mª JESÚS RIVERO RATÓN, en representación de Luis Angel, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 13 de Madrid; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 15 de Febrero de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ›FALLO: Que debo condenar y condeno a Luis Angel autor penalmente responsable de un delito de robo con violencia en grado de tentativa previsto y penado en los artículos. 237, 242.1 y 3 y 16 y 62 del C.P., sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y costas del presente juicio‹.

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: ›Probado y así se declara expresamente que el día 20 de enero de 2006, sobre las 7 horas, Luis Angel, mayor de edad y con antecedentes penales no computables, se acercó en la calle Preciados de esta Capital a Laura y a Fátima que se encontraban en una parada de autobús, y cuando ambas subían al mismo, intentó, con la intención de beneficiarse económicamente de manera ilícita, coger algo del bolso de la primera, la cual fue avisada por el conductor del autobús y forcejeó con Luis Angel para evitarlo, ante lo cual él cogió del interior del bolso un teléfono móvil propiedad de Fátima y salió corriendo, siendo perseguido por otras personas que habían presenciado lo ocurrido y que consiguieron darle alcance y recuperar el mencionado teléfono que le fue devuelto a su propietaria›.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 04/07/06.

Se aceptan y se dan por reproducidos los hechos que en la sentencia recurrida se declaran probados.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Recurre el Procurador Sr. Rivero Ratón, en la representación procesal que ostenta de Luis Angel, en apelación contra la sentencia de 15 de Febrero de 2006, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 13 de los de esta Villa de Madrid en la causa...

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