SAP Madrid 492/2007, 8 de Noviembre de 2007
Ponente | MARIA CRUZ ALVARO LOPEZ |
ECLI | ES:APM:2007:14802 |
Número de Recurso | 390/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 492/2007 |
Fecha de Resolución | 8 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª |
AUD. PROVINCIAL SECCION N. 1
MADRID
SENTENCIA: 00492/2007
Rollo de Apelación nº 390/07
Autos de Procedimiento Abreviado J.O. nº 152/07.
Juzgado de lo Penal nº 17 de los de Madrid
S E N T E N C I A Nº 492/07
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN PRIMERA
Ilmos. Sres:
Presidente:
D. Francisco Vieira Morante
Magistradas:
Dña. Olatz Aizpurua Biurrarena
Dña. Mª Cruz Alvaro López
En Madrid a ocho de noviembre de dos mil siete
Vistos por esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de esta capital en grado de Apelación, los presentes Autos J.O. nº 152/07 de Procedimiento Abreviado procedentes del Juzgado de lo Penal nº 17 de los de Madrid, seguidos por supuesto delito de robo con fuerza siendo apelante el acusado Blas y parte el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Magistrada Dña. Mª Cruz Alvaro López que expresa el parecer de la Sala.
Por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 29 de marzo de 2007 con los siguientes hechos probados:
"Sobre las 23:55 horas del día 12 de marzo de 2007 el acusado Blas, mayor de edad y sin antecedentes penales, tras abrir con un alambre el vehículo marca Citroen, modelo Saxo, de color gris, matrícula 3576-BCT, que su propietario Aurelio, tenía estacionado en perfecto estado y debidamente cerrado a la altura del número 9 de la calle Luís Vélez de Guevara de Madrid, se introdulo en el mismo y, tras forzar el salpicadero, extrajo el radiocasete, del que no pudo disponer al ser en esos momentos detenido por agentes de la policía municipal.
Los daños causados al vehículo han sido tasados pericialmente en la cantidad de 60 euros. El radiocasete objeto de sustracción fue recuperado por su legítimo propietario".
Y parte dispositiva:
"Que debo condenar y condeno a Blas como autor responsable de un delito de robo con fuerza en grado de tentativa de los artículos 237, 238.2º y 3º, 240, 16 y 62 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de SEIS MESES DE PRISION, inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y abono de las costas causadas.
Por vía de responsabilidad civil, Blas indemnizará a Aurelio en la suma de 60 euros, por los daños causados en el vehículo de su propiedad".
Notificada la misma, interpuso contra ella recurso de apelación el acusado que fue admitido en ambos efectos y tramitado de acuerdo con lo dispuesto en el vigente art. 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal - trámite en el que el Ministerio Fiscal solicitó la confirmación de la resolución recurrida, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Una vez recibidos los Autos en esta Sección 1ª, formado el Rollo de Apelación nº 390/07, se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente y celebrado el trámite de deliberación, votación y fallo del recurso el 8 de noviembre de 2007 quedaron los autos vistos para Sentencia.
Se dan por reproducidos los de la resolución recurrida que se aceptan en su integridad.
Los motivos que sustentan el recurso de apelación presentado por la representación procesal de Blas son el error de la juzgadora en la valoración de las pruebas practicadas, la vulneración del principio de presunción de inocencia...
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