SAP Madrid 153/2006, 17 de Abril de 2006

PonenteMARIA CRUZ ALVARO LOPEZ
ECLIES:APM:2006:5212
Número de Recurso92/2006
Número de Resolución153/2006
Fecha de Resolución17 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

FRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTEMARIA CONSUELO ROMERA VAQUEROMARIA CRUZ ALVARO LOPEZ

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00153/2006

Rollo nº 92/06

Autos de Procedimiento Abreviado J.O. nº 255/05.

Juzgado de lo Penal nº 24 de los de Madrid.

S E N T E N C I A Nº 153/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN PRIMERA

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Francisco Javier Vieira Morante

Magistrados:

Dña. Consuelo Romera Vaquero

Dña. Mª Cruz Alvaro López.

En Madrid, a diecisiete de abril de dos mil seis

Vistos por esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de esta capital en grado de Apelación, los presentes Autos J.O. nº 255/05 de Procedimiento Abreviado, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 24 de los de esta capital , seguidos por supuesto delito contra la propiedad intelectual siendo apelante Enrique y parte el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente la Magistrada Dña. Mª Cruz Alvaro López que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Sra. Juez en sustitución del indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 13 de julio de 2005 con los siguientes hechos probados:

"Se declara probado que, sobre las 12,20 horas del día 3 de junio de 2005, los Policías Municipales con carnet profesional nº NUM000 y nº NUM001, realizando una inspección en el establecimiento comercial regentado por la acusada, situado en la calle Mesón de Paredes nº 32 de esta capital, el cual se denomina "GOLD CITY", y se dedica a la venta al público de bolsos y ropa, encuentran en el almacén del mencionado establecimiento una bolsa conteniendo 185 CD´s y 75 DVD´s, que eran copias no autorizadas de albumes de música de distintos autores y películas cinematográficas respectivamente, tasadas pericialmente se estima que en su venta al público hubiera ocasionado perjuicios valorados en 205 euros a los autores, 444 euros a los productores fonográficos, 1260 euros a los productores cinematográficos y 684 euros al erario público."

y parte dispositiva:

Que, debo CONDENAR y CONDENO a la acusada Enrique:

Como autor penalmente responsable de un delito contra la propiedad intelectual, ya circunstanciado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena MULTA de SEIS (6) MESES con una cuota diaria de TRES (3) EUROS, aperdibiéndole que queda sujeta a una responsabilidad personal subisidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Todo ello, con expresa imposición de las costas del presente juicio.

SEGUNDO

Notificada la misma, interpuso contra ella recurso de apelación el condenado, que fue admitido en ambos efectos y tramitado de acuerdo con lo dispuesto en el vigente art. 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal - trámite en el que el Ministerio Fiscal solicitó la confirmación de la sentencia apelada - elevándose las Actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Una vez recibidos los Autos en esta Sección 1ª, se pasó la causa al Magistrado Ponente para deliberación y fallo que se llevaron a cabo el día 6 de abril de 2006 quedando los Autos vistos para Sentencia.

Se dan por reproducidos los de la Resolución recurrida, que se aceptan en su integridad.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La primera de las cuestiones que se plantean en el recurso de apelación presentado por la representación procesal de la...

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