SAP Madrid 230/2006, 9 de Junio de 2006

PonenteADORACION MARIA RIERA OCARIZ
ECLIES:APM:2006:8275
Número de Recurso96/2006
Número de Resolución230/2006
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

MARIA CARMEN COMPAIRED PLO ADORACION MARIA RIERA OCARIZ JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 96 /2006

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 415 /2005

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 16 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 230/06

ILMAS/OS. SRAS/ES.

PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO

MAGISTRADA DÑA. A. MARIA RIERA OCARIZ

MAGISTRADO D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO

En MADRID, a nueve de Junio de dos mil seis..

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. JESUS FONTANILLA FORNIELES, en representación de Felipe, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª A. MARIA RIERA OCARIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 8/11/05, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ›FALLO: Que debo CONDENAR Y CONDENO a Felipe, como autor criminalmente responsable de un delito contra la propiedad intelectual, ya definido, a l pena de SEIS MESES DE PRISIÓN, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y MULTA DE 12 MESES, a razón de 3 euros diarios, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas; al pago de las costas procesales causadas, y a que indemnice en la cantidad de 20 euros por cada DVD, con el límite de 1.580 euros, a quien acredite ser el titular de la propiedad intelectual, extremo éste que se determinará en ejecución de sentencia, si estos reclamaren por dicho motivo, a cuyo fin deberá de ampliarse el informe pericial realizado

La pena privativa de libertad se sustituirá por la EXPULSIÓN del condenado del territorio nacional y prohibición de entrada en el mismo por plazo de DIEZ AÑOS‹

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: ›UNICO.- En Madrid, sobre las 20.15 horas del día 18 de octubre de 2005, el acusado Felipe, que también utiliza las identidades Carlos Antonio y Luis Alberto, nacido en Bangladesh, el día 1 de diciembre de 1977, con ordinal de informática NUM000, sin antecedentes penales y en situación irregular, fue sorprendido por la Policía, cuando con ánimo de obtener ilícito beneficio, se encontraba en la Plaza d Manuel Becerra, conciencia con la calle Alcalá, vendiendo DVD,s sin la autorización de los productores cinematográficos y que eran copia de los originales, siéndole intervenidos una bolsa de deportes que contenía expuestos diversos DVD,s que ofrecía a los viandantes, ocupándosele un total de 79 DVD,s.

El perjuicio causado a los propietarios de la Propiedad Intelectual asciende a la cantidad de 1.580 euros›.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.

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    ...y su ofrecimiento en venta al público en general es sin duda un acto de distribución de los penados en el referido artículo (SAP MADRID, sección 2ª, 09/06/2006). La distribución atípica supone ya la lesión del bien jurídico protegido, pues mediante ella se niega la exclusiva de explotación ......

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