SAP Cantabria 179/2007, 25 de Mayo de 2007

PonenteJAVIER DE LA HOZ DE LA ESCALERA
ECLIES:APS:2007:694
Número de Recurso181/2007
Número de Resolución179/2007
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SANTANDER

SENTENCIA: 02179/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA ROLLO NUM.181/2007

Sección Primera

S E N T E N C I A NUM. 179/07

Ilmo. Sr. Presidente

Don Javier de la Hoz de la Escalera.

Ilmos. Srs. Magistrados

Doña Maria Rivas Diaz de Antoñana.

Don Ernesto Sagüillo Tejerina.

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En la Ciudad de Santander, a veinticinco de Mayo de dos mil siete.

Este Tribunal de la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación la causa núm. 35 de 2007 del Juzgado de lo Penal núm. Uno de Santander, Rollo de Sala 181 de 2007, seguida por delito contra la propiedad industrial contra Ricardo, cuyas circunstancias personales ya constan en la recurrida, representado por la procuradora Sra. Macho Mesones y defendido por el letrado Sr. Bahillo Urbistondo.

Ha sido parte apelante en éste recurso el acusado y apelado el Ministerio Fiscal.

Es ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. don Javier de la Hoz de la Escalera.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la Sentencia de instancia, y

PRIMERO

En la causa de que éste Rollo dimana, por el Juzgado de lo Penal indicado se dictó con fecha 26 de febrero de 2007 Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente: " El día 3.2.07, sobre las 11,30 h., Ricardo, mayor de edad y sin antecedentes penales, profesional de la venta ambulante, fue sorprendido por agentes de la Guardia Civil, en un puesto del mercadillo semanal de Cabezón de la Sal, teniendo en su poder 17 camisetas y 2 jerseys de la marca Carolina Herrera, 11 camisetas y 3 sudaderas de la marca Guru, 13 Camisetas, 9 chaquetas, 7 jerseys y 9 pantalones de la marca Dolce Gabanna, 1 camisa de la marca Tommy Hilfiguer y 4 sudaderas de la marca El Niño, mercancía que estaba ofreciendo en venta al público y fue intervenida por los agentes. Esta ropa era toda ella falsa y con apariencia de autenticidad, a primera vista, y el mencionando la vendía a sabiendas de lo ilícito de la operación, con el propósito de obtener un lucro indebido y sin contar con el consentimiento de los titulares registrales de las marcas aludidas. El valor conjunto de todas las prendas intervenidas, en caso de que hubiesen sido auténticas, es de 5.142 euros, según tasación pericial. FALLO: Que debo condenar y condeno a Ricardo, como criminalmente responsable, en concepto de autor, de un delito consumado contra la propiedad industrial, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de SEIS MESES DE PRISION, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y DOCE MESES DE MULTA, con una cuota diaria de 5 euros y un total de 1.800 euros, a abonar de una sola vez, salvo que otra cosa se disponga en trámite de ejecución de sentencia, estableciéndose un dia de privación de libertad subsidiario por cada dos cuotas diarias que dejare de satisfacer, y pago de costas. Deberá indemnizar al legal representante de la marca Carolina Herrera en 170,48...

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