SAP Madrid 126/2006, 6 de Abril de 2006

PonenteMARIA PILAR OLIVAN LACASTA
ECLIES:APM:2006:7566
Número de Recurso31/2006
Número de Resolución126/2006
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

MARIA PILAR OLIVAN LACASTA Carlos MARTIN MEIZOSO MARIA CATALINA Pilar ALHAMBRA PEREZ

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION DECIMOQUINTA

MADRID

RP: 31/06

J.O: 205/03

JUZGADO DE LO PENAL Nº 3 DE MADRID

SENTENCIA Nº 126

MAGISTRADOS:

Maria del Pilar OLIVAN LACASTA (PONENTE)

Carlos MARTIN MEIZOSO

Pilar ALHAMBRA PEREZ

En Madrid, a 6 de abril de 2006

Vista en segunda instancia ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial el Procedimiento nº 205/03, procedente del Juzgado de lo Penal nº 3 de Madrid seguida de oficio por un delito de impago de pensiones contra el acusado Cornelio venido a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por el acusado contra la sentencia de fecha 28-10-05. Han sido partes en la sustanciación del recurso, el Ministerio Fiscal, y dicho apelante, representando por la Procuradora Dª Paloma Rubio Peláez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Madrid con fecha 28-10-05 se dictó sentencia cuyos "HECHOS PROBADOS" dicen: "Probado y así se declara que el acusado Cornelio con DNI número NUM000, nacido el 21 de octubre de 1965, sin antecedentes penales, en fecha 20 de octubre de 1998 obtuvo mediante sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 28 de los de Madrid, la separación matrimonial con su esposa Marí Luz, ratificando dicha sentencia el convenio regulador firmado por ambas partes, imponiéndole la autoridad judicial al acusado la obligatoriedad de contribuir con las cargas familiares derivadas del hijo menor de edad habido en el matrimonio, en la cuantía de 30.000 ptas, mensuales con la revisión anual sujeta al IPC. Obligación con la cual el acusado ha incumplido de forma reiterada no abonando la misma desde dicha sentencia, hasta la fecha 14 de junio de 2000, debiendo así a su hijo, que se encuentra bajo la custodia de la madre, la cuantía de 600.000 pts. Más el índice general de precios al consumo que correspondiera a cada anualidad". Y cuyo "FALLO" dice: "Que debo condenar y condeno a Cornelio, como autor penalmente responsable de un delito de abandono de familia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de 8 arrestos de fin de semana que se sustituye por la pena de 32 días de multa a razón de 2 euros de cuota diaria, y a que indemnice a Marí Luz en la cantidad equivalente en euros a 600.000 ptas, mas el IPC anual de los años 1999 y 2000, ello con condena en costas."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes personadas, por la representación procesal de Cornelio se interpuso el recurso de apelación que autoriza el art. 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, alegando error en la valoración de la prueba y vulneración del principio de presunción de inocencia.

TERCERO

Admitido el recurso, y efectuado el correspondiente traslado a las demás partes, por el Ministerio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR