SAP Madrid 96/2006, 2 de Octubre de 2006

PonentePASCUAL FABIA MIR
ECLIES:APM:2006:6988
Número de Recurso21/2006
Número de Resolución96/2006
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 5ª

ARTURO BELTRAN NUÑEZ PASCUAL FABIA MIR CELIA SAINZ DE ROBLES SANTA CECILIA

P.O. 21/2006

S E N T E N C I A Nº 96/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN QUINTA

Ilmos. Sres.:

Presidente

Arturo Beltrán Núñez

Magistrados

Pascual Fabiá Mir

Dª. Celia Sainz de Robles Santa Cecilia

En Madrid, a 2 de octubre de 2006

Vista en juicio oral y público ante la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial de Madrid la causa, P.O. nº 21/2006, procedente del Juzgado de Instrucción nº 38 de Madrid, seguida por un delito intentado de homicidio contra José, nacido el 7 de agosto de 1975 en Matanzas (Cuba), hijo de Juan y de Gabriela, con reseña informática nº NUM000, sin antecedentes penales, privado provisionalmente de libertad por estas actuaciones desde el día 10 de agosto de 2005; en la que han sido partes el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Dª. Pilar Sánchez Roldán Gómez; y el citado acusado, representado por el Procurador D. David García Riquelme y defendido por la Letrada Dª. María Olga Bermejo Hernández; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Pascual Fabiá Mir.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito de homicidio, en grado de tentativa, de los artículos 138, 16 y 62 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, del que debía responder en concepto de autor el acusado, José, para el que solicitó la imposición de las penas de cinco años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas, así como que indemnizara a Ignacio en la cantidad de 4.500 euros por las lesiones y 6.000 euros por las secuelas.

SEGUNDO

La defensa del acusado, en sus conclusiones también definitivas, mostró su conformidad a la calificación y peticiones del Fiscal.

Sobre las 20.30 horas del día 10 de julio de 2005, el acusado, José, mayor de edad y sin antecedentes penales, mantuvo una discusión en la c/ Cáceres de esta capital con Ignacio, con motivo de un incidente de tráfico. En el curso de es discusión, José se dirigió al vehículo que conducía, sacó del mismo un cuchillo y, sin mediar palabra, se lo clavó en el pecho a Ignacio, a quien le produjo una herida penetrante en el tercio distal de la región infraclavicular izquierda y hemoneumotórax.

La herida afectó una zona vital y hubiera podido provocar la muerte del agredido si no hubiera recibido asistencia médica inmediata. Las lesiones precisaron tratamiento quirúrgico, que consistió en drenaje de hemotórax y sutura de las heridas. El proceso de curación hasta alcanzar la sanidad fue de noventa días, con incapacitación durante sesenta días para sus ocupaciones habituales, y como secuelas le quedaron una cicatriz de 4,5 centímetros en el tercio distal de la región infraclavicular izquierda y dos cicatrices de 4 y 3,5 centímetros, respectivamente, en la región subaxilar izquierda.

El acusado fue detenido el día 10 de agosto de 2005 y desde entonces se encuentra privado provisionalmente de libertad por estas actuaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito de homicidio, previsto y penado en el artículo 138 del Código Penal, en grado de tentativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del mismo texto legal.

Concurren en tales hechos los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR