SAP Murcia 173/2007, 16 de Noviembre de 2007
Ponente | CRISTINA PLA NAVARRO |
ECLI | ES:APMU:2007:2425 |
Número de Recurso | 139/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 173/2007 |
Fecha de Resolución | 16 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00173/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCIÓN 001
Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf :968-229183
Fax :968-229184
Modelo : 00120
N.I.G. : 30030 37 2 2007 0101783
ROLLO : APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000139 /2007
Juzgado procedencia :JDO. DE LO PENAL N. 2 de CARTAGENA
Procedimiento de origen :JUICIO RAPIDO 0000083 /2007
RECURRENTE : Filomena
Procurador/a :PEDRO DOMINGO HERNANDEZ SAURA
Letrado/a :JUANA MARIA SAN MARTIN RAMON
RECURRIDO/A :
Procurador/a :
Letrado/a :
SENTENCIA NÚM. 173/07.
ILMOS. SRES
D. ANDRÉS PACHECO GUEVARA
PRESIDENT
D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADE
Dª. CRISTINA PLA NAVARR
MAGISTRADO
En la ciudad de Murcia, a dieciséis de noviembre de dos mil siete
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el
Juicio rápido que por delito de amenazas se ha seguido en el Juzgado de lo Penal número 2 de
Cartagena con el nº 83/07, y antes en el Juzgado de Instrucción número 4 de Cartagena como
Diligencias Urgentes número 185/07 contra Juan Miguel l, siendo acusación particular
Dña. Filomena a, representada por el Procurador D. Pedro Domingo
Hernández Saura y asistida de la Letrada Dña. Juana María San Martín, habiendo sido partes en
esta alzada el apelante Dña. Filomena a, con idéntica representación y
defensa que en la instancia y como apelados D. Juan Miguel l, representado por el
Procurador D. Luis Fernando Gómez Navarro y defendido por la Letrada Dña. Inmaculada Sánchez
Jiménez, así como el Ministerio Fiscal, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. CRISTINA PLA NAVARRO que
expresa la convicción del Tribunal
-
ANTECEDENTES DE HECH
El Juzgado de lo Penal dictó en las referidas Diligencias sentencia con fecha 4 de mayo de 2.007 sentando como hechos probados lo siguiente: " Sobre las 18.00 horas del día 11 de Abril de 2007, el acusado Juan Miguel l, mayor de edad en cuanto nacido el 4-5 1954 en Cartagena con DNI NUM000 0, sin antecedentes penales, en las inmediaciones del domicilio de su exmujer, Filomena a, sito en la barriada de Santa Bárbara de la localidad de La Unión, mas como esta se negaba a que su hija se subiera en el vehículo con su padre y con la compañera de este, Juan Miguel l se bajo del vehículo y gesticulando con los brazos le dijo que lo dejase vivir en paz"
Estimando el Juzgador recurrido que los referidos hechos probados no eran constitutivos de delito, dictó el siguiente "FALLO: Que debo absolver y absuelvo a Juan Miguel l del delito de AMENAZAS EN EL AMBITO FAMILIAR, del cual venía siendo acusado y declarando las costas de oficio"
Contra tal sentencia en nombre y representación de Filomena a se dedujo en tiempo y forma recurso de apelación, fundamentándolo en síntesis en error en la apreciación de la prueba
Teniéndose por interpuesto el recurso en ambos efectos, se remitieron por el Juzgado las diligencias originales a esta Audiencia, en la que se formó el oportuno rollo con el nº 139/07, dictándose sentencia sin celebración de vista, tras señalarse para el día 16 de noviembre de 2.007 su votación y fallo
ÚNICO.- Se aceptan y dan íntegramente por reproducidos los de la sentencia apelada
Frente al pronunciamiento absolutorio recaído en la instancia se alega en el escrito del recurso la existencia de error en la valoración de la...
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