SAP Cantabria 61/2008, 24 de Marzo de 2008

PonenteERNESTO SAGÜILLO TEJERINA
ECLIES:APS:2008:231
Número de Recurso28/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución61/2008
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SANTANDER

SENTENCIA: 02061/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA rollo RP 28/08

Sección Primera

S E N T E N C I A 61/08

Ilmo. Sr. Presidente

Don Javier de la Hoz de la Escalera

Ilmos. Sres. Magistrados

Doña María Rivas Díaz de Antoñana

Don Ernesto Sagüillo Tejerina

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En la Ciudad de Santander, a veinticuatro de Marzo de dos mil ocho.

Este Tribunal de la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación la causa núm. 82/07 del Juzgado de lo Penal núm. Tres de Santander, Rollo de Sala núm. 28/08, seguida por delito de abandono de familia contra Alexander, cuyas circunstancias personales ya constan en la recurrida, representado por el Procurador Sr. Calvo Gómez y defendido por el Letrado Sr. Herrero de las Cuevas.

Es acusador particular Rebeca, representada por la Sra. Saez Quevedo, defendida por el Sr. Bolado Fernández.

Ha sido parte apelante en este recurso el acusado, y apelada la acusación particular.

Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Ernesto Sagüillo Tejerina.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la Sentencia de instancia; y

PRIMERO

En la causa de que este Rollo dimana, por el Juzgado de lo Penal indicado se dictó con fecha veintisiete de abril de dos mil siete Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente:

"Hechos Probados: Ha resultado probado y así se declara que Alexander, mayor de edad y sin antecedentes penales computables, por Sentencia firme de separación de fecha 20.2.93 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Torrelavega, mantenida en todos los aspectos económicos por la sentencia firme de divorcio de fecha 23.6.95 del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Torrelavega vino obligado a satisfacer en concepto de pensión alimenticia a favor de su hija Rebeca la suma de 30.000 pesetas mensuales; habiendo incumplido dicha obligación de abono de pensión, sin abonar cantidad alguna desde el mes de noviembre de 1998 hasta el día 18 de Febrero de 2005 fecha en la que por el Juzgado de Primera Instancia número Tres de Torrelavega se acordó la extinción de la pensión. Alexander no abonó la pensión pese a haber ejercido durante ese tiempo una actividad profesional, y haber enajenado por venta un inmueble de su propiedad en fecha 29.05.00 y haber disfrutado de recursos económicos derivados de ello.

La cantidad debida ascendía en su totalidad a la suma de 13.342'45 euros; habiendo recibido Rebeca a través de sucesivos embargos y retenciones de bienes propiedad de Alexander en el procedimiento civil de ejecución de sentencia la suma de 7.500 euros.

Fallo: Que debo condenar y condeno a Alexander como autor directo y responsable de un delito de abandono de familia ya definido sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de seis meses de multa, a razón de una cuota diaria de 5 euros, y a que indemnice a Rebeca en concepto de pensiones...

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