SAP Barcelona 747/2007, 13 de Noviembre de 2007

PonenteJOSE MARIA PIJUAN CANADELL
ECLIES:APB:2007:13345
Número de Recurso6/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución747/2007
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 10ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DÉCIMA

ROLLO NÚM. 6/2007

SUMARIO NÚM. 3/2006

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE TERRASSA

S E N T E N C I A No.

Ilmos. Sres.

D. JOSE MARIA PIJUAN CANADELL

D. JOSÉ MARIA PLANCHAT TERUEL

D. DANIEL DE ALFONSO LASO

En Barcelona, a trece de noviembre de dos mil siete.

VISTA, en juicio oral y público ante la SECCIÓN DÉCIMA de esta Audiencia Provincial de Barcelona, la presente causa Sumario núm. 3/2006 procedente del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Terrassa, seguida por un delito de abuso sexual y una falta de lesiones contra el acusado Luis Francisco, nacido el día 20 de mayo de 1983 en Tetuán (Marruecos), hijo de Boaza y de Aicha, con domicilio en Terrassa, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora doña Maria Isabel Pereira Mañas y defendido por el Letrado don Pere Molina Bosch, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE MARIA PIJUAN CANADELL, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de un delito de abuso sexual con penetración vaginal del artículo 182.1 con relación al artículo 181. 1 y 2 en concurso real con una falta de lesiones del artículo 6171.1 todos ellos del Código Penal, reputando autor de ambas infracciones al acusado Luis Francisco, sin la concurrencia de circunstancias modificativas, solicitando para el mismo la pena de 6 años de prisión por el delito de abuso sexual y la pena de multa de 40 días, con una cuota diaria de 10 euros por la falta de lesiones, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de la multa de 20 días, así como el pago de las costas procesales. Solicitó asimismo el Ministerio Fiscal la imposición al acusado de la prohibición de aproximarse a la persona, domicilio, lugar de trabajo o estudio de Maribel a menos de 100 metros por un plazo de 10 años, así como la prohibición de comunicarse con ella, por cualquier medio, por el mismo tiempo. Y la condena del acusado a indemnizar, en concepto de responsabilidad civil, a Maribel en la suma de 50 euros por las lesiones y 12.000 euros por el daño moral derivado del delito contra la libertad sexual.

SEGUNDO

La Defensa en sus conclusiones definitivas solicitó la libre absolución del acusado.

SE DECLARA PROBADO QUE: el acusado Luis Francisco, mayor de edad y sin antecedentes penales, sobre las 22:00 horas del día 19 de diciembre de 2004 salió de la Discoteca "Los Trigales", sita en la ciudad de Terrassa y en la que el acusado trabajaba como pinchadiscos, acompañado por la joven Maribel, de 17 años de edad, a la que el acusado conocía por acudir ésta a dicha discoteca. Los dos se dirigieron, en el vehículo que conducía un amigo del acusado llamado Jose Augusto, al domicilio que el acusado tenía entonces en la calle Girona de la misma ciudad de Terrassa, al que subieron el acusado y Maribel y en donde ambos mantuvieron relaciones sexuales sin que conste acreditado que ello ocurriera aprovechándose el acusado de una repentina pérdida de conocimiento por parte de Maribel. Posteriormente, el acusado acompaño a Maribel, en el mismo vehículo de su amigo Jose Augusto, a la estación de los FFCC de La Rambla de Terrassa para que Maribel pudiera marchar hasta su domicilio sito en la localidad de Rubí. Tampoco ha quedado acreditado que el acusado golpeara a Maribel en la cara y cuerpo.

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