DECRETO 9/2009, de 27 de enero, de creación de la Delegación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en Argentina.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Febrero de 2009
SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

9/2009, de 27 de enero, de creación de la Delegación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en Argentina.

Mediante el Decreto 42/2008, de 4 de marzo, se regula la coordinación ejecutiva de la acción exterior del Gobierno de la Generalidad, que contiene, entre otras, las previsiones organizativas de las oficinas de la Generalidad en el exterior, de acuerdo con el contenido del artículo 194 del Estatuto de Autonomía de Cataluña. En este contexto se debe resaltar que el nuevo marco estatutario supone un salto cualitativo respecto de la regulación contenida en el Decreto 156/2003, de 10 de junio, ya derogado, de regulación de las Oficinas de la Generalidad en el Exterior.

De acuerdo, pues, con el nuevo marco legal que deriva del Estatuto de Autonomía de Cataluña y de la regulación de carácter organizativo que deriva del Decreto mencionado, el presente Decreto crea la Delegación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en Argentina y se la dota de la estructura necesaria para su funcionamiento, y se prevé pero que ésta se implementará progresivamente de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

La disposición adicional primera de la Ley 17/2007, de 21 de diciembre, de medidas fiscales y financieras, modificada por la Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y financieras, faculta al Gobierno para establecer que las delegaciones del Gobierno de la Generalidad en el exterior ya creadas o que se creen, y reguladas por el artículo 194 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, tengan régimen de autonomía económica o financiera. El régimen jurídico para regular la gestión de las delegaciones del Gobierno de la Generalidad en el exterior mediante un decreto del Gobierno.

De acuerdo con la normativa mencionada, con este Decreto se dota la Delegación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en Argentina de un régimen de gestión económica desconcentrada.

El artículo 5.2 del Decreto 42/2008, de 4 de marzo, por el que se regula la coordinación ejecutiva de la acción exterior del Gobierno de la Generalidad, establece que las delegaciones del Gobierno de la Generalidad en el exterior se crean por decreto del gobierno y orgánicamente se adscriben al Departamento de la Vicepresidencia mediante la Secretaría de Asuntos Exteriores.

Sin embargo, mediante el Decreto 255/2008, de 23 de diciembre, por el que se crea el Comisionado de Asuntos Exteriores y Cooperación del Departamento de la Vicepresidencia, cuya persona titular adopta la denominación de viceconsejero/a, se suprime la Secretaría de Asuntos Exteriores, al tiempo que sus competencias y estructura se adscriben al Comisionado de Asuntos Exteriores y Cooperación.

En base a esta normativa, se crean varias delegaciones con los decretos siguientes: Decreto 49/20087, de 11 de marzo, la Delegación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en Francia, Decreto 50/2008, de 11 de marzo, la Delegación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en el Reino Unido, Decreto 51/2008, de 11 de marzo, la Delegación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en Alemania, y mediante el Decreto 179/2008, de 9 de septiembre, la Delegación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en los Estados Unidos de América.

Dado que su disposición transitoria dispone que por decreto del Gobierno se establecerá la organización, estructura, funcionamiento, los régimenes jurídico, económico-financiero, presupuestario y el retributivo singular de indemnizaciones del personal adscrito, así como se determinará el rango orgánico o asimilación orgánica de las delegaciones del Gobierno de la Generalidad en el exterior, y que hasta que no se apruebe el citado decreto las delegaciones del Gobierno se regirán por lo que determinen las respectivas normas de creación, las disposiciones contenidas en los artículos 3 a 8 de este decreto, dan cumplimento a la citada disposición transitoria

De conformidad con las previsiones de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización...

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