Orden TIN/1540/2008, de 30 de mayo, por la que se delega y se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo e Inmigración y sus organismos públicos dependientes.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Junio de 2008
MarginalBOE-A-2008-9592
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyOrden

La reestructuración departamental aprobada a través de los Reales Decretos 432/2008, de 12 de abril, y 438/2008, de 14 de abril, ha dado lugar a la supresión del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y algunos de sus órganos superiores y directivos y a la creación de un nuevo Ministerio de Trabajo e Inmigración con una estructura orgánica básica adecuada a las funciones encomendadas, que debe ser desarrollada por el correspondiente Real Decreto.

Subsistiendo las razones que han venido justificando la política de delegación de competencias practicada por los órganos que formaban parte del Ministerio suprimido y que subsisten, sustituyen o asumen las competencias relativas a las políticas cuya propuesta, ejecución o desarrollo corresponde al nuevo Ministerio de Trabajo e Inmigración, se hace necesario mantener el ejercicio de las competencias delegadas contenidas en la Orden TAS/2268/2006, de 11 de julio, por la que se delega y se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y sus organismos públicos dependientes, hasta que se articule un nuevo sistema teniendo en cuenta el desarrollo de la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Por tanto, en la presente Orden se incluyen las delegaciones de competencias del Ministerio en las que interviene su titular como órgano delegante o como órgano que efectúa la aprobación de las realizadas, mediante las correspondientes resoluciones, por órganos superiores o directivos en su calidad de superior jerárquico del órgano delegante o superior jerárquico común y contando, en su caso, con la previa aceptación o aprobación por parte de los órganos máximos de dirección de los Organismos públicos adscritos al Ministerio así como las realizadas, mediante la oportuna resolución, por otros órganos del Departamento cuya aprobación no corresponde al...

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