SAP Valladolid 112/2007, 26 de Marzo de 2007
Ponente | FRANCISCO SALINERO ROMAN |
ECLI | ES:APVA:2007:306 |
Número de Recurso | 548/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 112/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
VALLADOLID
SENTENCIA: 00112/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCION PRIMERA
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000548 /2006
SENTENCIA Nº 112
ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL
D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN
En VALLADOLID, a veintiséis de Marzo de dos mil siete.
VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario nº 547/04 del Juzgado de 1ª Instancia núm. Seis de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandantes apelados D. Jose Luis mayor de edad y vecino de Tordesillas; Dª Inmaculada mayor de edad y vecina de Tordesillas y Dª María Esther mayor de edad y vecina de Tordesillas, representados por la Procuradora Dª Henar Sánchez Palomino y defendidos por el Letrado D. José Mª Sánchez- Girón Martín, y como demandada apelante D. Gerardo mayor de edad y vecino de Tordesillas representado por la Procuradora Dª Carmen Martínez Bragado y defendido por el Letrado D. Luis José Lavín González de Echávarri, y, como demandados apelados incomparecidos en el presente recurso Dª Trinidad mayor de edad y vecina de Tordesillas, Dª Lucía mayor de edad y vecino de Tordesillas; D. Benito mayor de edad y vecino de Tordesillas y Dª Diana mayor de edad y vecina de Tordesillas, todos ellos como herederos de D. Millán ; sobre reparación de defectos de construcción e indemnización de perjuicios.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 11 de Septiembre de 2.006, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Henar Sánchez Palomino, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de D. Jose Luis, Dª Inmaculada y Dª María Esther, contra D. Gerardo, Dª Trinidad, Dª Lucía, D. Benito, Dª Diana debo condenar y condeno de forma solidaria a los demandados: a) a reparar los defectos constructivos que constar en el informe pericial que se acompaña en la presente demanda, llevando a cabo todas las actividades y obras que sean precisas para dejar las viviendas en el estado idóneo para su uso de vivienda habitual, haciendo desaparecer los vicios y defectos que ahora existen y que constan en el hecho cuarto de la demanda y en informe pericial que se acompaña a la misma.- b) Subsidiariamente, y de no verificarlo en el plazo concedido, a que sean reparados a su costa.- c) A abonar a todos los daños y perjuicios que ocasionen o se deriven de dichas obras con arreglo a las bases que se han referido en el apartado VI de la demanda (excepto el punto 4º, del que se desistió).- Condenando a los demandados al pago de las costas".
Notificada a las partes la referida sentencia, por la Procuradora Sra. Martínez Bragado en representación del demandado Sr. Gerardo se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la representación de los demandantes se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 13 de los corrientes, en que ha tenido lugar lo acordado.
Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO SALINERO ROMAN.
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