DECRETO 126/1998, de 30 de junio, de modificación de los Decretos por los que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorHacienda y Administracion Publica
Rango de LeyDecreto

DECRETO 126/1998, de 30 de junio, de modificación de los Decretos por los que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Mediante Decreto 325/1994, de 28 de julio, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carera. A su vez mediante Decreto 141/1993, de 11 de mayo, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal laboral.

Posteriormente, los citados Decretos han sido objeto de diversas modificaciones y adecuaciones en el tiempo, siendo la última el Decreto 57/1998, de 24 de marzo.

Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 18 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 30 de junio de 1998,

DISPONGO:

Artículo primero ¿ Aprobar las modificaciones a las relaciones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera correspondientes a determinados centros orgánicos, que se contienen en el Anexo I al presente Decreto, aprobados mediante Decreto 226/1997, de 14 de octubre.
Artículo segundo ¿ Aprobar las modificaciones a las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal laboral que se contienen en el Anexo II al presente Decreto, aprobadas mediante Decreto 226/1997, de 14 de octubre.
Artículo tercero ¿ Rectificar errores cometidos en el Anexo I del Decreto 226/1997, de 14 de octubre, en el Anexo III del Decreto 57/1998, de 24 de marzo, conforme al detalle consignado en el Anexo III.
DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 30 de junio de 1998.

El Lehendakari,

JOSÉ ANTONIO ARDANZA GARRO.

El Consejero de Hacienda y

Administración Pública,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

  1. ERANSKINA / ANEXO I

    DAGOKION IHARDUTE-SAILEAN HONAKO HAU DESAGERTUKO DA: / SE SUPRIME DEL CENTRO ORGANICO CORRESPONDIENTE:

    SAILA/AUTONOMIADUN ERAKUNDEA : HEZKUNTZA, UNIBERTSITATE ETA IKERKETA ............................................... 07

    DEPARTAMENTO/ORGANISMO AUTONOMO : EDUCACION, UNIVERSIDADES E INVESTIGACION

    KUDEAKETA-ATALA : GIPUZKOAKO LURRALDE ORDEZKARITZA EGIT. -KODEA/ COD.ORGANICO : 07 2 301

    CENTRO GESTOR : DELEGACION TERRITORIAL DE GIPUZKOA

    ¿BERTAN ARITZEKO ESKAKIZUNAK¿ JAR.

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