Decreto del Presidente 4/2022, de 25 de abril, de disolución del Parlamento de Andalucía y de convocatoria de elecciones.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | PRESIDENCIA |
Rango de Ley | Decreto |
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 127.1 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y 9, apartados a) y b), y 42 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en uso de las facultades que me han sido atribuidas y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 25 de abril de 2022,
DISPONGO
Queda disuelto el Parlamento de Andalucía elegido el 2 de diciembre de 2018.
Se convocan elecciones al Parlamento de Andalucía, que se celebrarán el domingo 19 de junio de 2022.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 de la Ley Electoral de Andalucía, el número de Diputados y Diputadas a elegir en cada circunscripción es el siguiente:
Circunscripción | Diputados y Diputadas |
---|---|
Almería | Doce |
Cádiz | Quince |
Córdoba | Doce |
Granada | Trece |
Huelva | Once |
Jaén | Once |
Málaga | Diecisiete |
Sevilla | Dieciocho |
La campaña electoral durará quince días, comenzando a las cero horas del día 3 de junio, y finalizando a las veinticuatro horas del día 17 de junio.
El Parlamento elegido celebrará su sesión constitutiva el día14 de julio a las 12 horas.
Entre la entrada en vigor del presente decreto y el día de la celebración de las elecciones sólo podrán realizarse, por parte de las Administraciones Públicas de Andalucía, las actividades publicitarias enumeradas en el apartado 2 del artículo 6 de la Ley 6/2005, de 8 de abril, reguladora de la actividad publicitaria de las Administraciones Públicas de Andalucía, así como la campaña institucional regulada en el artículo 27.2 de la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía.
Las elecciones...
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