Decreto del Presidente 16/2022, de 3 de noviembre, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
Fecha de Entrada en Vigor | 9 de Noviembre de 2022 |
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | PRESIDENCIA |
Rango de Ley | Decreto |
Con el fin de asegurar la máxima eficacia de la acción administrativa para el desarrollo del programa político del Gobierno, teniendo en cuenta las circunstancias sociales y económicas de Andalucía, se considera conveniente proceder a la modificación de las competencias que se atribuyen a determinadas Consejerías.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1.h) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,
D I S P O N G O
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, queda modificado como sigue:
Uno. El apartado 1 del artículo 6 queda redactado de la siguiente forma:
1. Corresponden a la Consejería de Salud y Consumo las competencias que actualmente tiene atribuidas la Consejería de Salud y Familias, salvo las competencias en materia de familias que se atribuyen a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. Se mantienen en la Consejería de Salud y Consumo las competencias en materia de atención temprana.
Dos. El apartado 1 del artículo 11 queda redactado de la siguiente manera:
1. Corresponden a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad las competencias actualmente asignadas a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, salvo las que se asignan en este decreto a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa en materia de gestión de las ayudas y coordinación de la cooperación internacional para el desarrollo, las relacionadas con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030. Asimismo, se le adscriben las competencias en materia de juventud que actualmente venía ejerciendo la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, las competencias en materia de familias actualmente adscritas a la Consejería de Salud y Familias. Igualmente, le corresponden la coordinación de las políticas migratorias y las competencias relativas a los centros residenciales de personas mayores.
Tres. El apartado 1 del...
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