Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

El artículo 10.1.h) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que corresponde al Presidente o Presidenta de la Junta de Andalucía, en su condición de titular de la Presidencia del Consejo de Gobierno, dictar decretos que supongan la creación de Consejerías, la modificación en la denominación de las existentes, en su distribución de competencias o su orden de prelación, así como la supresión de las mismas.

La necesidad de acompasar la actividad de la Administración de la Junta de Andalucía con la ejecución del conjunto de políticas públicas que conforman el programa político del Gobierno hace preciso proceder a la redistribución de las competencias de las Consejerías, buscando siempre la máxima eficiencia posible en el empleo de los recursos públicos para hacer frente a las circunstancias de orden político, económico y social en las que se encuentra inmersa en el momento actual la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10.1.h) y 19.1 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,

D I S P O N G O

Artículo 1 Consejerías.
  1. La Administración de la Junta de Andalucía se organiza en las siguientes Consejerías:

    Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.

    Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.

    Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

    Consejería de Empleo, Empresas y Trabajadores Autónomos.

    Consejería de Salud y Consumo.

    Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.

    Consejería de Universidad, Investigación e Innovación.

    Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.

    Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

    Consejería de Integración Social, Juventud, Familias e Igualdad.

    Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.

    Consejería de Política Industrial y Energía.

    Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

  2. El orden de prelación será el establecido en el apartado anterior.

Artículo 2 Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.
  1. Corresponden a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa las competencias que actualmente tiene atribuidas la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, salvo las relativas a Administración Pública y coordinación de políticas migratorias.

    Asimismo, se mantienen las competencias en materia de comunicación social y se le asignan a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa la coordinación del diálogo con los agentes económicos y sociales, la simplificación administrativa, la gestión de las ayudas y coordinación de la cooperación internacional para el desarrollo, las relacionadas con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030, y las relaciones entre el Consejo de Gobierno y el Parlamento de Andalucía. Se le asignan asimismo las competencias en materia de transparencia que actualmente estaban asignadas a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.

  2. Se mantienen adscritas a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.

  3. Se mantienen en la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa las entidades actualmente adscritas a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, incluidas la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) y la Agencia Digital de Andalucía. Se le adscribe asimismo la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AACID) y la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (Trade), que estará adscrita igualmente a la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.

    El Instituto Andaluz de Administración Pública, la Agencia Andaluza de la Energía y las Fundaciones Públicas...

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