DECRETO 51/2008, de 26 de junio, por el que se crea el Museo de la Siderurgia y la Minería de Castilla y León.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Julio de 2008
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 51/2008, de 26 de junio, por el que se crea el Museo de la Siderurgia y la Minería de Castilla y León.

Durante la primera mitad del siglo XIX se forjó un acontecimiento socioeconómico incomparable en el Valle de Sabero, gracias a la instalación y construcción del complejo industrial siderúrgico de la Ferrería de San Blas en una zona caracterizada por una vocación minera que se remonta a la Edad del Bronce.

La construcción de esta gran nave, caracterizada por su singular arquitectura neogótica, formaba parte de un gran proyecto, fuera de lo normal tanto por el tiempo como por el lugar, y su implantación generó la primera industria siderúrgica del país, funcionando con la tecnología más avanzada del momento. Su construcción y puesta en funcionamiento fue paralela a la implantación de los grandes complejos siderúrgicos europeos.

Fuertes contratiempos económicos y políticos provocaron el cierre de esta gran factoría. Su final inesperado al cabo de escasos años de funcionamiento condicionó la implantación de la minería del carbón como única forma de explotación industrial hasta el año 1992, momento en el que cierran todas las instalaciones mineras de la cuenca.

El Museo de la Siderurgia y la Minería de Castilla y León nace con la voluntad de proporcionar al visitante todo el conocimiento y la información producida a partir de los singulares procesos históricos y económicos experimentados entre los siglos XIX y XX en torno a las explotaciones minero siderúrgicas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma. Esta iniciativa se corresponde con el deseo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, de mejorar y fomentar el tejido museístico de la Comunidad Autónoma a la vez que se enriquece el ámbito temático de los centros existentes, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 10/1994, de 8 de julio, de Museos de Castilla y León.

Igualmente, en el punto tercero del Acuerdo 64/2003, de 15 de mayo, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Actuación en Museos de Castilla y León para el período 2003-2008, se prevé la puesta en funcionamiento durante el período de vigencia del mencionado Plan de Actuación, de los servicios correspondientes al Museo de la Minería, previa dotación de los recursos y disposiciones necesarios para establecer su estructura y funciones.

La ejecución, en cumplimiento de Ley 10/1994, de 8 de julio, de Museos de Castilla y León, de la infraestructura necesaria para realizar ese centro cultural, requiere la definición jurídica y administrativa del Museo de la Siderurgia y la Minería de Castilla y León, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 19 y 23 de la citada Ley de Museos de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, oído el Consejo de Museos de Castilla y León, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 26 de junio de 2008.

DISPONE

Artículo 1 Creación.

De conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la Ley 10/1994, de 8 de julio, de Museos de Castilla y León, se crea el Museo de la Siderurgia y la Minería de Castilla y León, con la consideración de museo de...

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