DECRETO 115/1993, de 7 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la estructura básica de la Consejería. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

Dado el proceso de reestructuración de las Relaciones de Puestos de Trabajo que actualmente se lleva a cabo en la Administración de la Junta de Andalucía, cuya ejecución origina una mayor racionalización de medios humanos, es aconsejable unificar en una sola Dirección General las competencias y funciones hasta ahora atribuidas a la Dirección General de Organización y Métodos y a la Dirección General de Inspección General de Servicios.

En virtud de lo establecido en el artículo 26.12 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de septiembre de 1993.

D I S P O N G O:

Artículo primero

Quedan suprimidas la Dirección General de Organización y Métodos y la Dirección General de Inspección General de Servicios.

Artículo segundo

Se crea la Dirección General de Organización Administrativa e Inspección General de Servicios que asume las competencias y funciones que el Ordenamiento Jurídico de la Comunidad Autónoma atribuía a las Direcciones Generales suprimidas en el artículo anterior.

Se autoriza al Consejero de Gobernación para el desarrollo de lo previsto en el presente Decreto.

DISPOSICION TRANSITORIA

Las unidades y puestos de trabajo de las suprimidas Direcciones Generales de Organización y Métodos e Inspección General de Servicios se integran en la Dirección General de Organización Administrativa e Inspección General de Servicios, en tanto se apruebe la relación de puestos de trabajo correspondiente a la nueva Dirección General, que en ningún caso podrá suponer incremento de gasto.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en todo aquello que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de septiembre de 1993

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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