Real Decreto 1897/1980, de 29 de agosto, por el que se modifica el artículo 12 del Reglamento General de Practicajes.

Fecha de Entrada en Vigor16 de Octubre de 1980
MarginalBOE-A-1980-20784
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyReal Decreto

POR DECRETO DE CUATRO DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO SE APROBO EL REGLAMENTO GENERAL DE PRACTICAJES, FIJANDOSE EN SU ARTICULO DOCE, APARTADO A), LOS PUERTOS EN LOS CUALES LOS PRACTICOS DEBERIAN POSEER TITULO DE CAPITAN DE LA MARINA MERCANTE.

EN EL TIEMPO TRANSCURRIDO DESDE LA PROMULGACION DEL CITADO DECRETO SE HA PRODUCIDO UNA VARIACION FUNDAMENTAL EN LA CLASIFICACION DE PUERTOS, AL HABERSE CONSTRUIDO Y PUESTO EN FUNCIONAMIENTO EL ATRACADERO DE CARBONERAS EN EL PUERTO DE GARRUCHA, QUE POR SU IMPORTANCIA, Y PREVIOS LOS INFORMES PRECEPTIVOS, SE ESTIMA ES NECESARIO ESTE INCLUIDO ENTRE LOS COMPRENDIDOS EN EL APARTADO A) DEL ARTICULO DOCE DEL REGLAMENTO GENERAL DE PRACTICAJES ANTES CITADO.

POR ELLO, Y A PROPUESTA DEL MINISTERIO DE DEFENSA Y EL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, CON EL DICTAMEN FAVORABLE DE LA COMISION PERMANENTE DEL CONSEJO DE ESTADO Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS DE FECHA VEINTINUEVE DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA, DISPONGO:

ARTICULO UNICO QUEDA MODIFICADO EL APARTADO A) DEL ARTICULO DOCE DEL REGLAMENTO GENERAL DE PRACTICAJES, APROBADO POR DECRETO DE CUATRO DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO, EN EL SENTIDO DE QUE ENTRE LOS PUERTOS QUE EN EL MENCIONADO APARTADO SE CITAN QUEDE INCLUIDO EL DE GARRUCHA.

DADO EN PALMA DE MALLORCA A VEINTINUEVE DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA-.JUAN CARLOS R.-EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA, RAFAEL ARIAS-SALGADO Y MONTALVO.

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