DECRETO FORAL 361/2004, de 30 de noviembre, por el que se crea el Consejo Asesor de Justicia de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 361/2004, de 30 de noviembre, por el que se crea el Consejo Asesor de Justicia de Navarra.

La consecución de un servicio público de Justicia de calidad ha experimentado en los últimos años un creciente interés en la sociedad en general, y en la navarra en particular.

La demanda social e institucional en orden a la satisfacción de este interés ha quedado reflejada en varios hitos entre los que se pueden señalar: El "Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia", suscrito con fecha 28 de mayo de 2001 por los principales partidos políticos del país, y como consecuencia de éste la "Carta de derechos de los ciudadanos ante la Justicia", aprobada unánimemente como proposición no de Ley por el Pleno del Congreso el día 16 de abril de 2002.

Posteriormente ha tenido las necesarias consecuencias legislativas. Así, cabe citar, en primer lugar, la Ley 38/2002, de 24 de octubre, de reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por la que se implantan los denominados "juicios rápidos", y más recientemente la importante reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, operada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.

Se trata, por tanto, de una reforma global y profunda del servicio público de Justicia que necesita de la activa implicación de la Administración de Justicia, en sus diferentes instituciones, de las Administraciones Públicas Territoriales y de las Corporativas afectadas, para que la profunda evolución demandada se produzca pronta y ordenadamente.

En lo que se refiere a las Comunidades Autónomas, la reforma supone, en alguna medida, la modificación de la distribución de competencias en esta materia existente hasta ahora, de modo que aquéllas han visto ampliado su ámbito de gestión en lo que se refiere principalmente a los medios personales y materiales y económicos. Desde este punto de vista adquiere fundamental importancia la modificación del régimen legal y estatutario de los Cuerpos al Servicio de la Administración de Justicia, así como la novedosa y profunda modificación del diseño de la Oficina Judicial, operada también por la citada Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en cuya implantación la misma ley atribuye a las Comunidades Autónomas una intensa implicación e intervención.

Por lo que se refiere a la aplicación de esta reforma en la Comunidad Foral de Navarra y sin merma alguna de las funciones que la diversa normativa atribuye, casi siempre bilateralmente, a las instituciones y organismos implicados, el Gobierno de Navarra considera necesario crear el Consejo Asesor de Justicia de Navarra, aglutinando de esta manera en un foro de estudio, debate, participación y asesoramiento a los sectores y profesionales que se consideran más relevantes y más directamente implicados en el servicio público de Justicia, foro en el que se pongan de manifiesto las múltiples interrelaciones que existen entre todos ellos, lo que permitirá una más fácil detección de los problemas y, lo que interesa más, la búsqueda de soluciones consensuadas. Todo ello, como no puede ser de otra manera, con el fin último de dotar a la Administración de Justicia en Navarra de la mayor eficacia y calidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día treinta de noviembre de dos mil cuatro,

DECRETO:

CAPITULO I
Disposiciones generales Artículos 1 a 11
Artículo 1 Creación.
  1. Se crea el Consejo Asesor de Justicia de Navarra, como órgano de estudio, debate, participación y asesoramiento para una mayor calidad del servicio público de Justicia en la Comunidad Foral de Navarra.

  2. El Consejo Asesor de Justicia de Navarra queda adscrito al Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, que le proporcionará los medios materiales y personales precisos para su correcto funcionamiento.

CAPITULO II Artículos 2 a 5

De los miembros del Consejo Asesor de Justicia de Navarra

Artículo 2 Composición.
  1. Serán miembros del Consejo Asesor de Justicia de Navarra:

    1. Presidente: El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.

    2. Vicepresidente: El Director General de Justicia.

    3. Vocales:

      1. Tres miembros de los órganos de gobierno del Poder Judicial en Navarra, designados por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

      2. El Fiscal Jefe o Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Superior de...

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