DECRETO FORAL 30/2024, de 27 de marzo, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo Navarro para la Lucha contra el Racismo y la Xenofobia.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

BOLETÍN Nº 79 - 19 de abril de 2024 1. Comunidad Foral de Navarra1.1. Disposiciones Generales1.1.2. Decretos ForalesDECRETO FORAL 30/2024, de 27 de marzo, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo Navarro para la Lucha contra el Racismo y la Xenofobia. EXPOSICIÓN DE MOTIVOSEl Gobierno de Navarra aprobó el Plan de Lucha contra el Racismo de Navarra el 16 de marzo de 2022. En este plan se detectó que la población de origen migrante de nuestra comunidad identifica contextos racistas y xenófobos en la sociedad navarra, con los cuales tiene que convivir de manera cotidiana.Por su parte, la Ley Foral 13/2023, de 5 de abril, de lucha contra el racismo y la xenofobia pretende desarrollar políticas públicas que, al amparo de la regulación europea, promuevan la prevención, la protección y la reparación de la discriminación por origen étnico o racial, llevando al ámbito de Navarra los estándares más exigentes de protección en materia de derechos humanos, como corresponde a una sociedad avanzada que busca la cohesión como medio imprescindible para su desarrollo.El enfoque de esta ley foral implica el reconocimiento de los procesos y las estrategias colectivas del tejido social como una herramienta clave en la lucha contra el racismo y la xenofobia y, por ello, en su título I incluye la creación del Consejo Navarro para la Lucha contra el Racismo y la Xenofobia como órgano consultivo y de participación superior en la Comunidad Foral de Navarra en materia de discriminación por origen étnico o racial, adscrito al departamento que tenga atribuida la competencia en materia de lucha contra el racismo y la xenofobia y, en su artículo 13.2 le atribuye las siguientes funciones:a) Ejercer funciones consultivas y de asesoramiento en el diseño de políticas de no discriminación por origen étnico o racial.b) Articular la participación colaborativa de las asociaciones que trabajen en la lucha contra el racismo y la xenofobia en Navarra, especialmente aquellas con participación significativa y relevante de personas racializadas o pertenecientes a minorías étnicas, en la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas de no discriminación por origen étnico o racial.c) Analizar, estudiar y evaluar la situación global de la discriminación racial o étnica en Navarra.d) Informar el Plan de Lucha contra el Racismo y la Xenofobia de Navarra, previo a su aprobación por el Gobierno de Navarra.e) Las demás funciones que le asigne la normativa vigente.El artículo 13.4 establece que la composición, organización y funcionamiento del Consejo Navarro para la Lucha contra el Racismo y la Xenofobia se determinará reglamentariamente por decreto foral, formando parte del mismo en todo caso, representantes de: a) la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; b) las entidades locales de Navarra; c) el Defensor del Pueblo de Navarra, d) Las asociaciones que trabajen en la lucha contra el racismo y la xenofobia en Navarra; e) Las asociaciones con participación significativa y relevante de personas racializadas o pertenecientes a minorías étnicas en Navarra.Mediante Decreto Foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2023, de 17 de agosto, se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, atribuyendo al Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en el desarrollo y coordinación de política definida por el Gobierno de Navarra en materia de materia inmigración; la integración de ciudadanía migrante en Navarra; la gestión y fomento de la diversidad étnica y cultural.Conforme a lo dispuesto en el artículo 27.1 de la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de igualdad entre Mujeres y Hombres, el decreto foral, con la determinación de la composición del consejo, adopta acciones que promueven la igualdad efectiva de mujeres y hombres empoderando a estas y haciendo efectivo el derecho a la participación social de las mujeres.En consecuencia, a propuesta de la consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintisiete...

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