Decreto Foral 256/2021 del Diputado General, de 4 de agosto, que aprueba la convocatoria pública de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a incentivar la euskaldunización de personas adultas, curso 2021-2022

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Diputado General
Rango de LeyDecreto foral

El Departamento de Diputado General de la Diputación Foral de Álava, dentro del conjunto de actividades que viene desarrollando, ha estimado oportuno la convocatoria de ayudas destinadas a incentivar la euskaldunización de personas adultas para el curso 2021-2022.

Se propone que sea una ayuda económica destinada a minorar el precio de matriculación en los niveles A1, A2, B1 y B2, para el curso 2021-2022, en los euskaltegis de Álava o enclave de Treviño, homologados por HABE, siendo las destinatarias de las mismas las personas mayores de edad y empadronadas en Álava o el enclave de Treviño.

Asimismo, se propone que aquellos euskaltegis y centros de autoaprendizaje de euskera homologados por HABE, inscritos en el registro de euskaltegis, que lo soliciten puedan obtener la condición de entidad colaboradora, con el fin de que las mismas realicen la gestión y tramitación de las solicitudes de las personas matriculadas que cumplan los requisitos establecidos en esta disposición.

A tal fin, es preceptivo establecer el marco regulador específico al que han de ajustarse las ayudas que redunden en apoyar a aquellas personas que se esfuerzan en el aprendizaje del euskera.

Vistos los informes preceptivos.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me competen,

DISPONGO

Primero. Aprobar la convocatoria pública de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a incentivar la euskaldunización de personas adultas, curso 2021-2022, que acompaña a este decreto foral como anexo I (bases) y anexos II y III (formularios), que regirá en el ejercicio 2021, con una dotación de 85.000,00 euros, que se regulará por lo previsto en el Decreto Foral 23/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 21 de julio, que aprobó las bases generales reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia del Departamento de Diputado General (BOTHA número 84 de 27 de julio de 2020).

Segundo. La partida presupuestaria que ampara este gasto es la 02401.07800.4.8.00.01 "Subvención matriculación euskaltegis", número de línea 02-34, del presupuesto de gastos de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2021, referencia de contraído 105.2714.

La cantidad inicialmente presupuestada, 85.000 euros, podrá verse incrementada en función de las disponibilidades presupuestarias hasta un máximo del 15 por ciento.

Tercero. Aprobar y autorizar gasto por importe de 3.000 euros y sus posibles ampliaciones. La compensación económica a favor de las entidades colaboradoras para el 2021, estimada en la cantidad de 3.000 euros, se realizará con cargo a la partida presupuestaria 02401.07800.2.2.7.99.01 "Desarrollo Plan Estratégico", número de línea 02-81, del presupuesto de gastos de la Diputación Foral de Álava para 2021, referencia de contraído 105.2713, y será abonada una vez resuelta la convocatoria, fijándose como compensación económica la cantidad de 3 euros por cada matrícula gestionada y aceptada.

Cuarto. El órgano competente, y a la vista de la propuesta del Servicio Foral de Euskera, dictará la resolución que proceda, en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el BOTHA. Transcurrido el plazo máximo sin que haya recaído resolución expresa, los/las interesadas podrán entender desestimada la solicitud.

Quinto. La presente resolución agota la vía administrativa pudiendo interponer, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación de este acto, ante el diputado general o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de este acto, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo que corresponda, conforme a lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Séptimo. Publicar la presente convocatoria en el BOTHA.

Vitoria-Gasteiz, a 4 de agosto de 2021

El Diputado General

RAMIRO GONZÁLEZ VICENTE

La Directora de Euskera y Gobierno Abierto

LEXURI UGARTE ARETXAGA

ANEXO I

Convocatoria de concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a incentivar la euskaldunización de personas adultas, curso 2021-2022

Bases

Primero. Objeto y finalidad

Constituye el objeto de la presente convocatoria incentivar la euskaldunización de las personas mayores de 18 años...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR