DECRETO 45/2007, de 20 de marzo, de modificación del Decreto por el que se efectúa el nombramiento del Presidente y de los vocales de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Sección2 - Disposiciones No Normativas
Rango de LeyDecreto

De conformidad con la previsión contenida en el artículo 18.4 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco, modificada por las Leyes 15/1998, 6/2000 y 1/2003, se dictó el Decreto 11/2006, de 24 de enero, por el que se efectuó el nombramiento del Presidente y de los vocales de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El presente Decreto modifica el citado Decreto 11/2006, con motivo de la situación vacante de dos vocales de dicha Junta Electoral. Los artículos 26.b) y 28 de la mencionada Ley establecen el procedimiento y los plazos de sustitución del cargo de vocal de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma en caso de quedar éste vacante.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Interior, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 20 de marzo de 2007,

DISPONGO:

Artículo único – Nombramiento de vocales vacantes de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma.

Nombrar como vocales de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma en calidad de magistrados designados por insaculación por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco a D. José Antonio González Saiz y a D. José Antonio Alberdi Larizgoitia, en sustitución de D. Luis Miguel Blanco Domínguez y de D. Juan Carlos Da Silva Ochoa. DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efecto desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 20 de marzo...

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