DECRETO 29/2011, de 16 de junio, de adscripción al Consorcio Parque Nacional de los Picos de Europa del personal traspasado por el Real Decreto 1742/2010, de 23 de diciembre.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, reformado por Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, establece, en su artículo 71.1.8.º que, en el marco de la legislación básica del Estado, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la legislación del Estado en materia de montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución Española, que reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente.

Mediante los Reales Decretos 1504/1984, de 8 de febrero, y 370/2010, de 26 de marzo, fueron traspasados a la Comunidad de Castilla y León las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de conservación de la naturaleza.

A efectos de llevar a término la previsión normativa impuesta por el artículo 16 de la Ley 5/2007, de 3 de abril, de la red de Parques Nacionales, las Comunidades Autónomas de Cantabria, Castilla y León, y Principado de Asturias firmaron el 9 de marzo de 2009 el Convenio que tiene por objeto establecer las bases para la colaboración en la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa y en el que se prevén los diferentes instrumentos de planificación y de gestión, así como la creación de un Consorcio que, como instrumento de apoyo, tiene por finalidad articular la cooperación técnica, administrativa y económica, entre las Administraciones consorciadas, a fin de ejercer de forma conjunta y coordinada las actuaciones comunes que a las Comunidades Autónomas indicadas les corresponden en materia de conservación, uso público, investigación, educación ambiental y cualesquiera otras precisas para garantizar la unidad ambiental del Parque.

Por otra parte, la gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa ha sido objeto de traspaso mediante el Real Decreto 1742/2010, de 23 de diciembre, de ampliación de las funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad de Castilla y León, en materia de conservación de la naturaleza (Parque Nacional de los Picos de Europa), que se completa con los correspondientes a las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias y de Cantabria, sobre cuyos respectivos territorios se extiende el citado Parque Nacional, fijándose como fecha de la efectividad del traspaso la de 1 de febrero de 2011, si bien, el...

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