DECRETO 98/2023, de 8 de junio, por el que se regulan las Oficinas para la Gestión de los Fondos Estructurales de la Unión Europea y se establecen medidas complementarias para su puesta en funcionamiento en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

I

Entre los objetivos de la Unión Europea se encuentra la integración y crecimiento cohesionado tanto a nivel económico, territorial como social en el conjunto de Europa, con particular atención a las regiones ultraperiféricas. Una de las principales herramientas para su consecución, junto con la promulgación de sus valores y derechos, es a través del empleo de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.

En atención a la situación particular de las regiones ultraperiféricas de la Unión, este apoyo tiene como objetivo paliar en distintos sectores las dificultades derivadas, entre otros aspectos, de la gran lejanía geográfica e insularidad de estas regiones, de conformidad con el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

La creciente importancia estructural de los fondos europeos para acometer los proyectos estratégicos de inversión con directa repercusión en la sociedad en todos sus órdenes, ha conllevado que cada una de las autoridades designadas habrá de disponer de sistemas de gestión y control para los programas aprobados garantizando su funcionamiento y documentación de conformidad con el principio de buena gestión financiera y con los requisitos definidos en la normativa europea de directa aplicación.

Con ello, las autoridades designadas garantizarán la calidad, precisión y fiabilidad del sistema de seguimiento y de los datos sobre indicadores, así como la publicación de la información de conformidad con los requisitos establecidos en la normativa europea que rija la gestión del respectivo Fondo.

Adicionalmente, las autoridades competentes dispondrán de sistemas y procedimientos para garantizar todos los documentos necesarios para su auditoría, conforme a criterios comunes de control.

En este escenario, ante la necesidad urgente de cierre y control de los proyectos financiados con cargo a los programas operativos correspondientes al periodo 2014-2020, cuya ejecución finaliza en la anualidad 2023; así como la necesidad de contar con la estructura necesaria para acometer de forma ordenada la programación y ejecución de los proyectos cofinanciados presentes y futuros, con particular interés al periodo de programación 2021-2027, resulta imprescindible reforzar con carácter homogéneo la estructura organizativa de la Administración pública para dar cumplimiento a los sistemas y procedimientos de gestión de los nuevos programas.

En la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias ya ha habido un ejemplo de refuerzo de la estructura administrativa en el marco de la gestión de fondos europeos, que ha tenido lugar con motivo de la ejecución de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación «Next Generation EU». En concreto, interesa destacar la disposición adicional sexta de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de la cual se creó, entre otras, la Subdirección de Gestión de Fondos Europeos, dentro de la Dirección General competente en materia de planificación, presupuesto y fondos europeos, como una unidad administrativa de carácter provisional, esto es, con una duración limitada en el tiempo y vinculada a los fondos diseñados por la Unión Europea para la recuperación de las economías de sus Estados Miembros tras la pandemia sanitaria provocada por la COVID-19.

Por el contrario, en el presente Decreto se pretende reforzar, con un carácter estructural y permanente, la organización de la Administración autonómica en el ámbito de la gestión de los programas de los fondos estructurales de la Unión Europea, en concreto el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), afrontando con ello los nuevos retos que se avecinan derivados de un marco regulatorio más exigente que el anterior. Se trata de definir y regular en cada uno de los departamentos y organismos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias que gestionen fondos estructurales, una estructura administrativa homogénea y racional que permita optimizar los recursos y mejorar los resultados en la justificación de los fondos.

Para dar respuesta a este objetivo resulta imprescindible contar con una estructura administrativa profesionalizada, suficiente y estable dedicada a la correcta ejecución de los diferentes programas cofinanciados con recursos de los fondos estructurales de la Unión Europea, en el que además de centralizar la información y servir de cauce para normalizar el cumplimiento de las instrucciones que dicte al efecto la Dirección General de Planificación y Presupuesto, permita prestar apoyo a los diferentes centros gestores de Fondos Estructurales de la Unión Europea.

Identificada la necesidad es por lo que se precisa acometer de forma planificada y homogénea la reestructuración puntual de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y la de sus organismos autónomos y entes públicos, mediante la creación de unas Oficinas en cada uno de los departamentos y organismos identificados en el anexo, dedicadas a la coordinación de las actuaciones necesarias para la correcta ejecución, seguimiento y control de los diferentes programas cofinanciados con recursos de los Fondos Estructurales de la Unión Europea.

Esta facultad viene reconocida expresamente sobre la potestad de autoorganización amparada en el artículo 61 del Estatuto de Autonomía de Canarias, aprobado por Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, y en el apartado primero del artículo 30 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

La creación de tales unidades administrativas especializadas no debe implicar incremento alguno de gasto público, por lo que han de dotarse y ejercer sus funciones con cargo a los actuales créditos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias. Su puesta en funcionamiento se realizará atendiendo a los medios materiales, técnicos y presupuestarios asignados al órgano administrativo en el que quedan integrados.

Estas unidades administrativas asumirán, entre otras funciones, colaborar en el desarrollo del proceso de programación de los Fondos Estructurales en el departamento u organismo autónomo al que estén adscritos; elevar propuestas de modificación de programas a la Dirección General de Planificación y Presupuesto en materias de competencia de cada departamento u organismo autónomo; así como colaborar en las tareas de comunicación y publicidad de los programas cofinanciados con Fondos Estructurales, apoyar a la Dirección General de Planificación y Presupuesto en sus labores de verificación, garantizando el suministro de la información y documentación necesaria; remitir, con la periodicidad que se determine, información sobre el estado de ejecución de las actuaciones o medidas en cuya gestión participen las diferentes unidades administrativas de cada departamento u organismo autónomo que coordine las nuevas unidades que se creen.

A su vez, el cauce ordinario de comunicación y cooperación interdepartamental en el seno de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, queda articulado a través de la Comisión de Coordinación de Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, adscrito a la Consejería competente en materia de hacienda.

En cumplimiento de los objetivos de ofrecer con seguridad jurídica, homogeneidad y eficacia los requerimientos que conlleva la atención de las obligaciones de gestión, ejecución, certificación, información y seguimiento, corresponde a la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, a través de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, la...

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