Decreto 96/2021, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 162/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, y de modificación del Decreto 206/2010, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 96/2021, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 162/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, y de modificación del Decreto 206/2010, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Extremadura. (2021040120)

Mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, por Decreto del Presidente 17/2019, de 1 de julio, se crea la Vicepresidencia Primera de la Junta de Extremadura y se le asignan funciones.

Por Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, por Decreto 162/2019, de 29 de octubre, se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, y de modificación del Decreto 206/2010, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Extremadura.

Tras el tiempo transcurrido, y para un adecuado ejercicio de las competencias que tiene atribuidas la Consejería de Hacienda y Administración Pública, se considera necesario acometer la modificación de su estructura orgánica que complete la efectuada en ocasiones anteriores, a fin de atender nuevas necesidades organizativas. Para ello se hace preciso modificar el Decreto 162/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, y de modificación del Decreto 206/2010, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Extremadura.

Así, en primer lugar, dentro de la Secretaría General, se modifica la denominación del Servicio de Administración General, pasando a denominarse Servicio de Recursos Humanos y Régimen Interior, que responde de un modo más adecuado a la naturaleza de sus funciones.

De otro lado, los cambios introducidos en las funciones de las distintas áreas de la Intervención General, como consecuencia de las nuevas competencias o asignación de funciones derivadas de la normativa europea, nacional y autonómica han ido variando la configuración de este órgano y sus estructuras se han adaptado mediante los sucesivos decretos de estructura orgánica de la Consejería con competencias en materia de hacienda, dentro de la que se enmarca orgánicamente.

La Intervención General de la Junta de Extremadura se divide en cuatro grandes áreas en las que se incardinan las funciones que la Ley de Hacienda y otras normas le atribuyen: Área de Fiscalización, Área de Contabilidad, Área de Auditoría y Área de Control Financiero Permanente. El incremento paulatino de funciones que se han ido asignando a cada una de las áreas ha puesto de manifiesto que la estructura en servicios existente hasta ahora ha quedado obsoleta, siendo más adecuado otro tipo de estructura organizativa que refleje la realidad de las grandes áreas de competencias atribuidas a la Intervención General y acomode su denominación y ámbitos a las peculiaridades de ese centro directivo. En coherencia con lo expuesto, se incorporan a la estructura orgánica nuevas unidades administrativas, Intervenciones Centrales de cada área:

- Intervención Central del Área de Fiscalización y Coordinación.

- Intervención Central del Área de Contabilidad.

- Intervención Central del Área de Auditoría.

- Intervención Central del Área de Control Financiero Permanente.

En otro orden de cosas, dentro del esquema organizativo asignado a la Secretaría General de Presupuestos y Financiación, es necesario reforzar los sistemas que se encargan de velar por el cumplimiento de la legislación en materia de política financiera y relaciones con entidades financieras, cooperativas de crédito, secciones de crédito de cooperativas, sociedades de garantía, fundaciones originarias de entidades de crédito. El cumplimiento y reforzamiento de estas funciones aconseja la incorporación de una nueva unidad administrativa, la Unidad de Política Financiera, que se adscribe a la Secretaría General de Presupuestos y Financiación y que permitirá abordar esta atribuciones con suficiencia y garantía.

Igualmente, dentro de este último órgano directivo, se modifica la denominación del Servicio de Gestión Financiera, pasando a denominarse Servicio de Modificaciones Presupuestarias; y de la Unidad de Sistema Económico Financiero, que pasa a denominarse Servicio de Sistema Económico Financiero.

Asimismo, el ámbito de la gestión tributaria ha experimentado actualmente un crecimiento cuantitativo y cualitativo, que hace necesario dotar a la Dirección General de Tributos de soluciones digitales que contribuyan al progreso y al aumento de la competitividad y la innovación, y con ello, mejorar la calidad de vida de la ciudadanía. Ello pasa por la necesaria transformación digital de la Dirección General de Tributos, con la integración en el sistema económico, financiero y presupuestario de la Junta de Extremadura, con la finalidad de cambiar y mejorar su operativa.

Estas circunstancias aconsejan la incorporación en la estructura orgánica de la Consejería de un Servicio de Coordinación de Gestión Tributaria, que asuma, entre otras funciones, las tareas de coordinación y unificación de los procesos que la implantación de las nuevas herramientas tecnológicas van a requerir, contribuyendo a impulsar el cambio...

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