Decreto 95/2022, de 20 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Personal de Investigación Funcionario del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y se regula el proceso de integración en las escalas del personal de investigación.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 38

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 95/2022, de 20 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Personal de Investigación Funcionario del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y se regula el proceso de integración en las escalas del personal de investigación.(2022040145)

INDICE

Capítulo I Disposiciones Generales. Artículos 1 a 3
Artículo 1 Objeto.
Artículo 2 Ámbito de aplicación.
Artículo 3 Régimen jurídico.
Capítulo II Áreas de Especialización de los puestos de trabajo del personal de investigación funcionario del CICYTEX. Artículo 4
Artículo 4 Áreas de especialización.
Capítulo III Derechos y deberes del personal de investigación funcionario del CICYTEX. Artículos 5 a 7
Artículo 5 Derechos y deberes.
Artículo 6 Horario Especial para el personal de investigación funcionario del CICYTEX.
Artículo 7 Prestación del servicio en la modalidad no presencial, mediante la fórmula del teletrabajo.
Capítulo IV Retribuciones del personal de investigación funcionario del CICYTEX. Artículos 8 a 11
Artículo 8 Criterios generales.
Artículo 9 Retribuciones básicas.
Artículo 10 Retribuciones complementarias.
Artículo 11 Complemento de productividad.
Capítulo V Selección del personal de investigación funcionario del CICYTEX. Artículo 12. Selección del personal de investigación funcionario del CICYTEX. Artículo 13. Fases del procedimiento de selección. Artículos 14 a 16
Artículo 14 Tribunal de selección.
Artículo 15 Superación del proceso selectivo.
Artículo 16 Nombramiento de aspirantes.
Capítulo VI Promoción profesional y evaluación del desempeño del personal de investigación funcionario del CICYTEX. Artículos 17 a 19
Artículo 17 Promoción profesional del personal de investigación.
Artículo 18 Carrera profesional horizontal.
Artículo 19 Promoción interna.
Capítulo VII Provisión de puestos de trabajo. Artículos 20 a 26
Artículo 20 Régimen aplicable.
Artículo 21 Formas de provisión de puestos de trabajo
Artículo 22 Concurso de méritos y capacidades de puestos de trabajo del personal de investigación funcionario del CICYTEX.
Artículo 23 Méritos valorables.
Artículo 24 Comisión de valoración.
Artículo 25 Resolución del procedimiento.
Artículo 26 Toma de posesión, destino y remoción del puesto de trabajo.
Capítulo VIII Movilidad del personal de investigación funcionario del CICYTEX y régimen de colaboración. Artículos 27 a 31
Artículo 27 Movilidad del personal de investigación funcionario de carrera del CICYTEX.
Artículo 28 Adscripción del personal de investigación funcionario.
Artículo 29 Excedencias temporales del personal de investigación funcionario.
Artículo 30 Estancias formativas del personal de investigación funcionario del CICYTEX.
Artículo 31 Prestación de servicios en sociedades mercantiles.
Capítulo IX Investigadores eméritos Artículos 32 a 38
Artículo 32 Investigador emérito del CICYTEX.
Artículo 33 Requisitos de acceso a la condición de investigador emérito.
Artículo 34 Procedimiento de designación.
Artículo 35 Duración y prórroga.
Artículo 36 Condiciones de ejercicio de la actividad de investigador emérito.
Artículo 37 Indemnizaciones.
Artículo 38 Cobertura de riesgos.
Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera Integración en las diferentes Escalas de personal de investigación funcionario del CICYTEX.
Disposición adicional segunda Personal laboral que preste servicios en el CICYTEX dedicados a la I+D+i.
Disposición adicional tercera Personal laboral temporal de investigación con cargo a proyectos de I+D.
Disposición adicional cuarta Publicación de la relación de puestos de trabajo del CICYTEX modificada tras la finalización del proceso de integración en las Escalas del personal de investigación del CICYTEX.
Disposición adicional quinta Nuevos procesos de integración.
Disposición adicional sexta Procedimiento extraordinario de incorporación de investigadores eméritos.
Disposición adicional séptima Planificación de los recursos humanos del CICYTEX. Disposición adicional octava. No incremento del gasto público.
Disposición adicional novena Garantía de derechos retributivos.
Disposiciones Transitorias
Disposición transitoria primera Implantación de las retribuciones complementarias del personal de investigación funcionario del CICYTEX, de conformidad con la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
Disposición transitoria segunda Régimen de provisión de puestos de trabajo de personal de investigación funcionario del CICYTEX.
Disposiciones Finales
Disposición final primera Habilitación normativa.
Disposición final segunda Entrada en vigor.

Mediante la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura, se crea el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (en adelante, CICYTEX), como ente de Derecho Público, adscrito a la Consejería competente en materia de I+D+i, regido por sus propios Estatutos, aprobados mediante Decreto 135/2013, de 30 de julio, y teniendo como fin la generación de I+D+i a través de los Institutos adscritos al mismo, contribuyendo al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en materia de I+D+i de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Uno de los aspectos regulados en la citada ley y, por ende, en los Estatutos del ente público, es el relativo al personal al servicio del CICYTEX, conformado por el personal que estuviese ocupando puestos de trabajo en los que se desempeñen servicios atribuidos al CICYTEX en el momento de su constitución, el personal que se incorpore al mismo desde cualquier Administración Pública por los correspondientes procedimientos de provisión de puestos de trabajo y, finalmente, el personal seleccionado por el propio CICYTEX, mediante pruebas selectivas convocadas al efecto.

Dentro del citado personal, y en tanto que el CICYTEX se configura como un agente fundamental del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, debe destacarse el papel que desempeña el personal de investigación en la generación, promoción, desarrollo y aprovechamiento de la I+D+i en Extremadura.

Es tal la importancia de la labor investigadora que, por ejemplo, la Recomendación de la Comisión Europea de 11 de marzo de 2005 relativa a la Carta Europea del Investigador y al Código de Conducta para la contratación de investigadores, reconoce que los organismos que emplean y/o financian investigadores deben elaborar, preferiblemente dentro del marco de su gestión de recursos humanos, una estrategia de desarrollo profesional específica para los investigadores, que abarque todas las etapas de su carrera independientemente de su situación contractual. También refiere, en cuanto a los sistemas de evaluación y valoración, que los empleadores y/o financiadores deben aplicar a todos los investigadores, incluidos los más expertos, sistemas de evaluación y valoración de forma que su rendimiento profesional sea sopesado de forma regular y transparente por un comité independiente.

Estos procedimientos de evaluación y valoración deben tener debidamente en cuenta la creatividad global de los trabajos y resultados de investigación en forma de, por ejemplo, publicaciones, patentes, gestión de la investigación, docencia y conferencias, labores de supervisión y tutoría, colaboración nacional e internacional, labores administrativas, actividades de sensibilización pública y movilidad, y deben tomarse en consideración en el contexto de su desarrollo profesional.

La carrera profesional del personal de investigación ha de ser uno de los pilares sobre los que se cimiente el edificio de la investigación y el desarrollo tecnológico en un centro como el CICYTEX llamado a ser el aglutinador de los esfuerzos institucionales públicos en el ámbito de la investigación aplicada y el desarrollo tecnológico.

De este modo, con la finalidad de regular las singularidades de este personal, en atención a la especificidad de las tareas desempeñadas, el artículo 80 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura, prevé el desarrollo de un Estatuto del personal de investigación funcionario del CICYTEX. Igualmente, el artículo 3.5 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, establece que, de conformidad con la Ley 10/2010,...

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