DECRETO 9/2017, de 31 de enero, del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

La Generalidad tiene competencia exclusiva en materia de cultura, de acuerdo con el artículo 127.1.d primero del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que comprende, entre otras materias, el fomento y la difusión de la creación y producción teatral y musical llevada a cabo en Cataluña. El Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña es el sistema propio del conjunto organizado de entidades titulares de equipamientos escénicos y musicales participados por la Administración de la Generalidad y por las entidades locales que promueven programaciones escénicas y musicales.

Desde la creación del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña en 2009, Cataluña dispone del sistema específico para ordenar sus políticas públicas en el ámbito de las artes escénicas y musicales. En este sentido, el Sistema es el marco sistémico e institucional de referencia para la definición, diseño, implementación, ejecución y evaluación de las políticas públicas en el ámbito de las artes escénicas y musicales de Cataluña.

El despliegue y consolidación del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña no habría sido posible sin los ayuntamientos, que son la pieza clave de su engranaje, ya que implementan las políticas públicas de Cataluña en el ámbito de las artes escénicas y musicales. En este sentido, los ayuntamientos han llevado a cabo una política cultural de proximidad ambiciosa, mediante la construcción de equipamientos y la prestación de servicios, con el apoyo de las diputaciones provinciales y de la Administración de la Generalidad. El Gobierno creó el Sistema mediante el Decreto 48/2009, de 24 de marzo, del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña, que se desarrolló parcialmente mediante la Orden CMC/548/2010, de 16 de noviembre, que fue derogada y sustituida por la Orden CLT/24/2012, de 2 de febrero, relativa a los parámetros mínimos que tienen que cumplir determinados equipamientos escénicos y musicales del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña y de los mecanismos de apoyo.

Sobre la base de este marco normativo, el Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña es el centro ordenador de las políticas públicas de la Generalidad de Cataluña en el ámbito de las artes escénicas y musicales. Así, el Sistema se ha consolidado como el núcleo articulador de los mecanismos de apoyo público a los equipamientos escénicos y musicales; como el punto de encuentro de referencia de los programadores y programadoras de Cataluña; como el espacio de análisis, estudio y reflexión para la definición y diseño de las políticas públicas en el ámbito de las artes escénicas y musicales y como la infraestructura técnica para la implementación de estas políticas. En sus primeros años de funcionamiento, el Sistema ha institucionalizado las artes escénicas y musicales de Cataluña mediante el despliegue de una organización propia de ámbito central integrada por la Comisión Institucional, la Mesa Técnica y el Foro; ha canalizado líneas de apoyo genérico a la programación profesional como el Programa.cat; ha desarrollado modalidades de vinculación como los convenios de colaboración con dieciocho municipios catalanes, y ha impulsado reuniones y encuentros periódicos de programadores y programadoras.

Del periodo 2009-2016 destaca especialmente la actividad de la Mesa Técnica, que ha coordinado una docena de grupos de trabajo para el análisis y estudio de cuestiones relacionadas con las políticas públicas en el ámbito de las artes escénicas y musicales catalanas. En este sentido, se ha trabajado en aspectos como la accesibilidad, la sostenibilidad ambiental de los equipamientos -que se ha traducido en la creación en 2014 de un distintivo de garantía de calidad ambiental para teatros y auditorios-, la creación de nuevas líneas de apoyo -como por ejemplo a las actividades complementarias de la programación profesional estable-, la creación y promoción de públicos, el desarrollo de un observatorio en el ámbito de las artes escénicas y musicales y la vertebración territorial del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña para el fomento de la colaboración entre los equipamientos.

En el año 2015 el Departamento de Cultura concluyó la necesidad y adecuación de iniciar un proceso de revisión integral de la normativa reguladora del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña para incorporar y normativizar las conclusiones y propuestas de mejora elaboradas por los grupos de trabajo de la Mesa Técnica en el periodo 2009-2016. En este sentido, este Decreto es el resultado de aquel proceso de revisión integral iniciado en 2015 y, en consecuencia, deroga el Decreto 48/2009, de 24 de marzo, del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña.

El Decreto 48/2009, de 24 de marzo, configuró el Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña como un sistema, es decir, como un marco institucional que habilita la ordenación vertical y coordinativa de los equipamientos escénicos y musicales catalanes. Aun así, ya en el Foro de Reus del año 2010 se concluyó la necesidad de incorporar una segunda perspectiva de ordenación -en este caso, horizontal y cooperativa- que sustentara también la colaboración entre los equipamientos escénicos y musicales. Así, el objetivo de este Decreto es configurar el Sistema como un verdadero sistema-red que conjugue las dos clases de ordenación: la vertical y la horizontal, es decir, la coordinación y la cooperación. La introducción de la dimensión de red implica necesariamente configurar una organización territorial propia que posibilite esta segunda perspectiva de ordenación. En este sentido, el proceso de revisión del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña se fundamenta precisamente en el diseño de un modelo de vertebración territorial basado en redes de cooperación, cuyo objeto es promover y articular un marco estable de colaboración entre los equipamientos escénicos y musicales catalanes. Este marco de colaboración se traduce en el ejercicio de funciones territoriales por parte de los equipamientos. A los efectos de este Decreto, se entiende por funciones territoriales el conjunto de acciones de cooperación ejercidas sin contrapartida directa por un equipamiento escénico y musical, llamado referente, en beneficio de otro u otros equipamientos y públicos de un municipio diferente integrado en el Sistema. Las funciones territoriales se configuran, por lo tanto, como acciones de cooperación planificadas y ejecutadas en el marco territorial de las redes de cooperación.

Otra novedad es que las entidades titulares de equipamientos escénicos y musicales que forman parte del sector público de la Generalidad pasan a integrarse obligatoriamente en el Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña.

Este Decreto también simplifica la tipología de equipamientos con la supresión de los centros de producción territorial, que quedan clasificados a todos los efectos como equipamientos escénicos y musicales locales multifuncionales. Además, se cambia la denominación de los equipamientos escénicos y musicales singulares, que pasan a denominarse equipamientos nacionales. En cuanto a los mecanismos de apoyo, el Decreto establece el procedimiento que permite que los equipamientos escénicos y musicales locales básicos y los otros espacios escénicos y musicales locales cualificados, desde el punto de vista de su actividad, puedan suscribir convenios de colaboración con el Departamento de Cultura.

En el ámbito procedimental, la principal novedad que incorpora el Decreto es la reducción de los plazos para resolver y notificar los procedimientos vinculados al Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña, que se reducen de tres meses a un mes. En este sentido, el proceso de revisión se enmarca principalmente en las nuevas orientaciones en el ámbito del derecho administrativo derivadas de la generalización del principio de simplificación administrativa. En cuanto a la organización del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña, la Comisión...

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