Decreto 83/2022, de 22 de junio, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de 'EDAR y colectores en Mirandilla (Badajoz)'.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA para la TransiciÓN EcolÓGica y Sostenibilidad
Rango de LeyDecreto

DECRETO 83/2022 de 22, de junio, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de "EDAR y colectores en Mirandilla (Badajoz)". (2022040126)

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La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad tiene atribuidas por Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de infraestructuras hidráulicas. Por su parte el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye a la Consejería el ejercicio de las competencias en materia de planificación hidráulica, ejecución, mantenimiento y ordenación de las infraestructuras hidráulicas de competencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la coordinación de las políticas de aguas autonómica, así como la regulación del abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas de conformidad con el artículo 5.1.a) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la citada Consejería.

Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38 b) en su redacción dada de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En relación con las obras de "EDAR y colectores en Mirandilla (Badajoz)", el proyecto fue aprobado en fecha 14 de diciembre de 2021, y en relación con el procedimiento expropiatorio se ha practicado información pública mediante Resolución de 30 de marzo de 2022 (DOE n.º 70, de 11 de abril). Asimismo, se han practicado notificaciones individuales a los particulares afectados y el resto de publicaciones exigidas legalmente, no habiéndose recibido alegaciones dentro del plazo al efecto concedido, constando en el expediente acreditación de lo actuado. En anexo al presente decreto se publica la relación de afectados, a resultas del trámite de información pública.

La Directiva 91/271 CEE impone...

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